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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (19/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de junio de 2012 468652 Nº 043-2004-PCM, el reordenamiento de cargos contenido en el CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incida en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP, pudiendo aprobarse dicho reordenamiento de cargos por resolución del Titular de la Entidad; Que el artículo 9° de los citados Lineamientos, señala que los cargos contenidos en el CAP son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad; Que en el Informe Nº 012-2012-SUNAT/4C3100 la División de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, propone eliminar el cargo de Asesor y a su vez crear los cargos de Asesor I, II, III y IV que estarán clasifi cados como Empleados de Confi anza, pues señala que con esta modifi cación se podrán agilizar los procesos de toma de decisiones de la Superintendencia Nacional y Superintendencias Nacionales Adjuntas, al dotarle de personal de confi anza que brinde asesoría, soporte y asistencia profesional para la gestión de sus despachos; Que adicionalmente, la citada División propone crear, dentro del Grupo Ocupacional Especialista, los cargos de Especialista Aduanero del Perú I y II, con la fi nalidad de organizar adecuadamente a los trabajadores de este Grupo Ocupacional en función a las características técnicas de las labores que estos realizan; asimismo, incrementar veintisiete (27) cargos de Secretaria I y dos (2) cargos de Secretaria Ejecutiva II, eliminando a su vez treinta y ocho (38) cargos de Analista III, cuarenta y cuatro (44) cargos de Analista II y dos (2) cargos de Analista I; Que el presente reordenamiento no incide en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la SUNAT, según lo indican la División de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, y la Gerencia de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, conforme se aprecia en los seguimientos del Memorándum Electrónico Nº 00073- 2012-4C3100; por lo que de acuerdo con la propuesta presentada por la citada División de Organización y Procesos, corresponde su aprobación por el Titular de la Entidad; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13° de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos d) y u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 029-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2010-EF, modifi cado y actualizado por la Resolución de Superintendencia Nº 046- 2012/SUNAT, conforme a los Anexos Nºs. 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y sus Anexos en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 803194-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen el cierre temporal del turno de la Tercera Sala Laboral de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 20-2012-CED-CSJLI-PJ Lima, 14 de junio del 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 847-2012-UPD/CSJLI-PJ conteniendo el informe N 065-2012-UPD de fecha 13 de junio del 2012 emitido por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo; el acta de Sesión del Consejo Ejecutivo Distrital de la fecha y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 13 de junio el 2012, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo emite el Informe N 065-2012- UPD-CSJLI/PJ referido a la situación de la carga procesal de la Tercera Sala Laboral en el que concluye que continúa existiendo una diferencia signifi cativa entre el ingreso de expedientes que fueron elevados entre la 3 Sala Laboral y la 1 y 2 Sala Laboral y en atención a dicho desbalance, recomienda el cierre de turno por 5 días útiles a la 3 Sala Laboral a efecto de que al fi nal del período se nivelen las tres Salas Laborales. Que, en tal sentido, habiéndose evaluado el referido informe en el que se aprecia que en el ingreso global de las Salas Laborales de enero a mayo del 2012, la 3 Sala Laboral tiene 149 expedientes más que la 1 Sala Laboral y 153 expedientes más que la 2 Sala Laboral, el Consejo Ejecutivo Distrital considera necesario el cierre temporal del turno de la Tercera Sala Laboral por 5 días útiles coadyuvando así a la mejora de la descarga procesal y administración de Justicia. Que, de conformidad con el inciso 19 del artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con efi ciencia y oportunidad. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el cierre temporal del turno de la Tercera Sala Laboral de Lima por el plazo de cinco días útiles a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, cumplido el plazo a que se refi ere el artículo primero, emita un informe evaluando la situación de la carga procesal de la Tercera Sala Laboral. Artículo Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Administración adopte las medidas administrativas necesarias, para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, supervise el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura,