Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2012 (02/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

461845

Aprueban prorroga de incentivos por el pronto pago de tributos municipales del Ejercicio 2012 en el distrito de MORDAZA MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2012-DA-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 23 de febrero del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 027-2012-GATR-MDMM de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas; y el Informe Nº 1442012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanzas Nº 476-MDMM y modificatorias, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 1609 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicados el 31 de Diciembre de 2011, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Recojo de Residuos Solidos, Barrido de Calles, Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA correspondiente al ejercicio 2012, asi como el Incentivo por Pronto Pago establecido en el articulo 12º de la MORDAZA acotada; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 476-MDMM establece que mediante Decreto de Alcaldia se podran dictar las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la Ordenanza; En ese sentido, al constituir los incentivos, liberalidades de la entidad, no afectan el contenido de la determinacion de las tasas por Arbitrios Municipales, motivo por el cual no resulta necesaria su ratificacion por el Consejo Metropolitano de Lima; Que, la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, propone a traves del Informe Nº 027-2012-GATR-MDMM, la prorroga o ampliacion del incentivo del pronto pago, hasta el 15 de marzo de 2012, debido al buen comportamiento tributario que se ha obtenido de parte de los contribuyentes; sin embargo, al culminar el beneficio del descuento del 15% y 10% al primer vencimiento de la cuota del Impuesto Predial, una cantidad importante de contribuyentes no han podido acceder al mismo debido a diversos factores, solicitando la prorroga para realizar los pagos anuales; ello solo refleja una voluntad de pago lo que redundaria en el incremento de la cultura tributaria, la reduccion de la morosidad y beneficiaria a la Municipalidad en la acumulacion de los ingresos por concepto de Impuesto Predial lo que finalmente se materializaria en el cumplimiento de la meta de recaudacion dispuesta por el gobierno central a traves del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal 2012, asegurando los beneficios a los que se accederian por su cumplimiento; Que, es politica de esta gestion edilicia incentivar el cumplimiento voluntario del pago de los tributos de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Municipalidad de MORDAZA MORDAZA y una manera efectiva de hacerlo es a traves de incentivos por el pago anual o trimestral adelantado de los tributos municipales; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Gerencia Administracion Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoria Juridica; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 15 de marzo del 2012 los incentivos por pronto pago para los contribuyentes que realicen el pago de sus tributos conforme lo establecido en el articulo 12º de la Ordenanza Nº 476-MDMM. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia

de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Gerencia de Comunicaciones y al Departamento de Informatica y Estadistica de acuerdo a sus competencias y a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

758487-4

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Incorporan literales al Articulo Primero del D.A. Nº 003-ALC/MSI "Lineamientos Tecnicos de excepcion en el distrito de San Isidro"
DECRETO DE ALCALDIA N° 006-ALC/MSI
San MORDAZA, 28 de febrero de 2012 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que ademas senala que la autonomia que otorga la Constitucion Politica del Peru a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme al inciso 6) del Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, dispone que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se senalan las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 74º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, estas ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de fiscalizacion y control, en las materias de su competencia; Que, a la fecha de encuentra vigente el Decreto de Alcaldia N° 003-ALC/MSI del 19 de enero de 2012, MORDAZA que establece los Lineamientos Tecnicos Arquitectonicos y Urbanisticos de Excepcion para los predios calificados con zonificacion residencial en el distrito de San MORDAZA, cuya finalidad es la de complementar la normatividad vigente (Decreto de Alcaldia N° 002-2012-ALC/MSI) para el uso de azotea en los predios ubicados con frente a parque; Que, en algunas zonas residenciales del distrito de San MORDAZA es posible que, por sus condiciones ambientales de singular valor, se reoriente el desarrollo inmobiliario acorde con una vision MORDAZA equilibrada manteniendo los principios de preservacion de la calidad residencial, con el objetivo de mejorar la ecologia y el medio ambiente, factores fundamentales para la consolidacion de un espacio MORDAZA sostenible; Que, las azoteas verdes constituyen un tratamiento que genera MORDAZA beneficios al medio ambiente y a la salud, cuya innovacion a nivel mundial viene contribuyendo a evitar la generacion de las islas de calor en las ciudades, otorgandole un valor agregado a la edificacion por permitir una temperatura mas estable mediante la absorcion de la radiacion solar, asi como el ahorro energetico, mejorando la

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