Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2012 (02/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2012

las ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal, correspondiendo se apruebe el sorteo propuesto mediante Decreto de Alcaldia, por tanto se eleve la propuesta normativa al despacho de Alcaldia, conforme a lo dispuesto en el numeral 6) del Articulo 20° de la acotada Ley Organica; Que, agrega la Gerencia de Asesoria Juridica que, conforme se aprecia de lo senalado en los informe sustentatorios, la finalidad de la propuesta normativa es constituir un incentivo dirigido a los vecinos del distrito que cumplen con el pago oportuno de sus obligaciones tributarias municipales del ano 2012, no constituyendo esta propuesta la generacion de mayores gastos a la administracion municipal conforme se indica en el Informe Tecnico N° 007-2012-GAT-MSS; Que, asimismo la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, en su Articulo 14° establece que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA Electronico o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para la entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a efectos que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas. La referida MORDAZA establece, ademas, en el numeral 3.2, como supuesto de excepcion a la prepublicacion que "Cuando por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de MORDAZA, considere que la prepublicacion de la MORDAZA es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al orden publico"; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica agrega que, en el caso de la MORDAZA propuesta, se observa que esta supone el otorgamiento de beneficios a los contribuyentes del distrito, por el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por lo que esta se encuentra en la excepcion establecida en el numeral 3.2 del Articulo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, resultando innecesaria su prepublicacion, conforme se indica en el Informe Tecnico N° 007-2012-GAT-MSS; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia del proyecto de la propuesta normativa denominada Reglamento del Sorteo "Premiamos su Cumplimiento", correspondiendo elevar el mismo ante el despacho del senor MORDAZA, para que conforme a sus facultades emita el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando al Informe N° 165-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las atribuciones conferidas en los Articulos 20° numeral 6) y 39° de la Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar las Bases del Sorteo "Premiamos su Cumplimiento", que en Anexo I, en catorce (14) Articulos, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia, el cual, sera publicado en el MORDAZA Institucional www.munisurco.gob.pe. Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA institucional. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA a la Gerencia Municipal, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, Gerencia de Administracion Tributaria y Subgerencia de Recursos Humanos; asi como la difusion de la misma a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. Registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesion Ordinaria de 20 de febrero de 2012 con el MORDAZA aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo; VISTO: El Informe Nº 009-2012-MDLP-GR de la Gerencia de Rentas y el Informe N° 019-2012-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que concuerda el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, con motivo de dar un tratamiento integral al buen comportamiento de pago del contribuyente, mediante Informe N° 009-2012-MDLP-GR se propone y sustenta la modificacion del MORDAZA parrafo del articulo 14º de la Ordenanza N° 015, que establece que el beneficio de pago puntual es aplicable al caso de condominos en tanto el pago del total de los arbitrios que corresponden a un predio se efectue dentro de la fecha de vencimiento en una misma oportunidad; Que, en tal sentido, la Gerencia de Rentas, respecto al beneficio de pago puntual contenido en la citada Ordenanza, propone que los condominos puedan pagar con el descuento segun su porcentaje de propiedad, siempre que cumplan con las condiciones previstas en el primer parrafo del citado articulo 14°, inclusive a) cuando no todos y solo alguno o algunos cumplan, o b) cuando los que cumplan lo MORDAZA en diferentes fechas; precisando que, en tales casos el descuento que se otorgue a cada condomino sera proporcional a su porcentaje de propiedad, de tal manera que, todo aquel que registre un comportamiento de pago puntual se vea beneficiado con el descuento que la MORDAZA establece, sin importar si es propietario unico o condomino, estimulando y recompensando, asi, su buen comportamiento de pago; Que, de conformidad a lo previsto en el articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, las Ordenanzas son normas con rango de ley, y al respecto el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Estando a lo expuesto, de conformidad con los articulos 74º y 194º de la Constitucion Politica del Peru; articulos 9º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente:

758836-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Modifican el MORDAZA parrafo del articulo 14º de la Ordenanza Nº 015
ORDENANZA N° 002
La Punta, 20 de febrero de 2012

ORDENANZA QUE MODIFICA EL MORDAZA PARRAFO DEL ARTICULO 14 DE LA ORDENANZA Nº 015 Articulo 1º.- Modificase el MORDAZA parrafo del articulo 14 de la Ordenanza Nº 015, en los siguientes terminos: "Los condominos gozan del presente beneficio aplicandose el descuento de S/. 30.00 de manera proporcional al porcentaje de propiedad que tengan sobre un inmueble, siempre y cuando cumplan con las condiciones previstas en el primer parrafo del presente articulo." Articulo 2º.- Encargase a la Gerencia de Rentas, al Area de Tesoreria y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Encargase a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA 758118-1

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