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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de marzo de 2012 462429 del Ministerio de Salud ante el Consejo Nacional de Protección al Consumidor, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Cecilia Guadalupe Barbieri Quino, como representante del Ministerio de Salud ante el Consejo Nacional de Protección al Consumidor. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 763007-1 Formalizan la instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 66-2012-PCM Lima, 12 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el 17 de marzo de 2011, en la ciudad de Moquegua, diversas autoridades de la Región Moquegua y representantes de municipalidades provinciales y distritales, así como diversas organizaciones sociales, acordaron la instalación de una Mesa de Trabajo entre la Sociedad Civil de la Región Moquegua y el Estado; Que, en la sesión del 31 de mayo de 2011 se aprobó el reglamento de la Mesa de Trabajo, dándosele la denominación de “Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”, en cuyo artículo 21 del citado reglamento, declaran su interés de poder abordar de manera progresiva y secuencial la problemática de distintos proyectos mineros en la región; Que, en posteriores sesiones de fechas 17 y 31 de marzo, 19 de abril, 31 de mayo, 15 de junio, 05 de julio, 03 de agosto, 08 y 29 de septiembre, 04 y 22 de noviembre de 2011 y 18 de enero de 2012, se produjeron las sesiones de la Mesa de Trabajo entre la Sociedad Civil del departamento de Moquegua, el Estado y los representantes de la empresa Angloamerican Quellaveco S.A., para abordar la problemática del Proyecto Minero Quellaveco y de la actividad minera en el departamento, incorporándose nuevos representantes de entidades públicas y privadas; Que, es necesario promover una política de diálogo en nuestro país, que permita abrir espacios de trabajo conjunto entre las autoridades y la población, impulsando alternativas de solución a los problemas existentes y preservando la seguridad de las personas, el orden público y la paz social; Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Para otras funciones que no sean las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, en este contexto, resulta necesario formalizar la conformación de la Mesa de Trabajo Multisectorial entre la Sociedad Civil del departamento de Moquegua, representantes del Poder Ejecutivo y la empresas mineras que realizan labores en el departamento, con el objeto de abordar la problemática minera; Que, según lo establecido por el artículo 50-A del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias, la Ofi cina de Gestión de Confl ictos Sociales es el órgano especializado que depende jerárquicamente del Presidente del Consejo de Ministros, encargado de dirigir el proceso de gestión de confl ictos sociales en todos los niveles de gobierno y en el ámbito del territorio nacional, así como de evaluar los resultados de dicha gestión de confl ictos sociales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalización del Grupo de Trabajo Formalizar la instalación y conformación del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”, entre la Sociedad Civil del departamento de Moquegua, el Gobierno Regional de Moquegua, las Municipalidades Provinciales de la Región Moquegua, el Poder Ejecutivo y los representantes de las empresas mineras que realizan labores en el departamento para abordar la problemática minera. Dicho grupo de trabajo tiene por objeto promover el proceso de diálogo entre los diversos agentes de los sectores público y privado sobre tal problemática, y analizará las alternativas viables de solución a la misma. Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo estará integrado de la siguiente manera: • Un (1) representante del Ministerio de Energía y Minas, quien la presidirá; • Un (1) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; • Un (1) representante del Ministerio del Ambiente; • Un (1) representante del Ministerio de Agricultura; • Un (1) representante de la Autoridad Nacional del Agua - A.N.A.; • Un (1) representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental; • El Presidente del Gobierno Regional de Moquegua o su representante; • Un (1) representante del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua; • El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo o su representante; • El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto o su representante; • El Alcalde de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro o su representante; • Tres (3) representantes de municipios distritales del área de infl uencia del proyecto minero respectivo o sus representantes; • Un (1) representante de la Comunidad del área de infl uencia directa; • Un (1) representante del centro poblado del área de infl uencia directa; • Un (1) representante del Colegio de Ingenieros de Moquegua; • Un (1) representante del Colegio de Abogados de Moquegua; • Un (1) representante de la Cámara de Comercio de Moquegua; • Un (1) representante de la Cámara de Comercio de Ilo; • Un (1) representante de la Universidad Nacional de Moquegua; • Un (1) representante del Proyecto Especial Pasto Grande; • Un (1) representante de la Junta de Usuarios de Moquegua; • Dos (2) representantes de los Comités de Regantes de la zona de infl uencia directa; • Un (1) representante de la Asociación de Organizaciones Sociales de Ilo; • Un (1) representante del Frente Regional de las Ampliaciones de la frontera agrícola de Moquegua; • Un (1) representante del Frente de Defensa de los Intereses del Pueblo (FEDIP-Moquegua); • Un (1) representante del Frente de Defensa de los Intereses de Ilo; • Un (1) representante de la Consejo de Coordinación Local Provincial de la sociedad civil de Ilo; • Un (1) representante de la empresa minera cuya problemática sea tratada.