Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2012 (13/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 13 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462439

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Ratifican Vocales de la Sala Colegiada de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios ­ JARU
RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 044-2012-OS/CD MORDAZA, 5 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 067-2008-OS/CD se aprobo el Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN, en el que se establecen las normas que rigen el funcionamiento de diversos organos de OSINERGMIN, incluida la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios ­ JARU; Que, conforme a lo establecido en el articulo 5° del Reglamento MORDAZA mencionado, el plazo de designacion de los Vocales de la JARU es de dos (2) anos renovables; Que mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 321-2004-OS/CD, ratificada mediante Resoluciones N° 617-2006-OS/CD, 655-2008-OS/CD y 261-2010-OS/CD, se designo al doctor MORDAZA MORDAZA Sardon de MORDAZA como Vocal de la Sala Colegiada de la JARU, siendo que el periodo de vigencia de su nombramiento se cumplira el proximo viernes 23 de marzo de 2012; Que, asimismo, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 114-2006-OS/CD, ratificada mediante Resoluciones N° 338-2008-OS/CD y 087-2010-OS/CD, se designo al doctor MORDAZA Espinosa-Saldana MORDAZA como Vocal y Presidente de la Sala Colegiada de la JARU, siendo que el periodo de vigencia de su nombramiento culminara el 15 de MORDAZA del ano 2012; De conformidad con el articulo 52° inciso d) del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y el Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 067-2008-OS/CD; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Ratificar como Vocales de la Sala Colegiada de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios ­ JARU ­ a los siguientes profesionales: Dr. MORDAZA MORDAZA ­ Saldana MORDAZA, quien presidira la referida Sala. Dr. MORDAZA MORDAZA Sardon de Taboada. Articulo 2°.- Declarar que las ratificaciones prevista en el Articulo 1° de la presente resolucion tendra vigencia hasta el 23 de marzo de 2014 en el caso del Dr. MORDAZA MORDAZA Sardon de MORDAZA y hasta el 15 de MORDAZA de 2014 en el caso del Dr. MORDAZA MORDAZA ­ Saldana MORDAZA, respectivamente. Articulo 3°.- La presente resolucion sera publicada en el diario oficial "El Peruano". MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 763005-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban disposiciones reglamentarias para la aplicacion del incentivo por desempeno de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los Regimenes Laborales previstos en los Decretos Legislativos Nºs. 728 y 276 para el ano 2012
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 051-2012/SUNAT MORDAZA, 12 de marzo de 2012 VISTO: El Informe Nº 02-2012-4F4300 emitido por la Division de Evaluacion y Linea de MORDAZA de la Gerencia de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional Recursos Humanos, que sustenta la aprobacion de las disposiciones reglamentarias para la aplicacion del incentivo por desempeno de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los Regimenes Laborales previstos en los Decretos Legislativos Nºs. 728 y 276, para el ano 2012; CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, esta tiene como objeto establecer las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la SUNAT, con la finalidad de mejorar su labor en relacion con: la lucha contra la evasion y elusion tributaria; el contrabando y el trafico ilicito de mercancias; la facilitacion del comercio exterior; la ampliacion de la base tributaria y el crecimiento sostenido de la recaudacion fiscal; Que en ese sentido, el articulo 11º de la citada Ley de Fortalecimiento, faculta a la SUNAT a otorgar un incentivo anual por desempeno a sus trabajadores en funcion al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales vinculadas al incremento de la recaudacion, ampliacion de la base tributaria, reduccion del incumplimiento tributario, reduccion del contrabando, facilitacion del comercio exterior, facilitacion del cumplimiento tributario y mejora del servicio, entre otros; Que asimismo, el citado articulo establece que mediante Resolucion de Superintendencia se dictaran las normas reglamentarias para la aplicacion del referido incentivo, las cuales deberan regular, entre otros aspectos, la periodicidad, asi como los parametros de cumplimiento y distribucion; Que conforme al alcance senalado en el Informe de vistos, corresponde aprobar las disposiciones reglamentarias para la aplicacion del incentivo de desempeno de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los Regimenes Laborales previstos en los Decretos Legislativos Nºs. 728 y 276; En uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Nº 29816 y en los incisos g) y u) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM modificado por Decreto Supremo Nº 029-2012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las disposiciones reglamentarias que regulan la aplicacion del incentivo por desempeno

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