Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2012 (13/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 13 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

462437

· Un (1) representante de la Sociedad Nacional de Pesqueria; · Un (1) representante de la Sociedad Nacional de Industrias, y, · Un (1) representante del Organo de Control Institucional, quien actuara como Observador. Los representantes de la Sociedad Nacional de Pesqueria, de la Sociedad Nacional de Industrias y del Organo de Control Institucional, seran designados mediante comunicacion escrita, dentro de los cinco (5) dias calendario de notificada la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Funciones La Comision Sectorial a que se refiere el articulo anterior, tendra las funciones siguientes: · Elaborar las Bases y Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de la(s) empresa(s) que ejecutaran el "Programa de Control y Vigilancia de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", para el periodo comprendido del 1 de junio de 2012 al 31 de MORDAZA de 2014. · Convocar y conducir el MORDAZA de seleccion correspondiente. La citada Comision Sectorial desempenara las funciones encomendadas, sin perjuicio del ejercicio de las funciones que le son propias a las dependencias competentes en las materias correspondientes del Ministerio de la Produccion y de sus Organismos Publicos. Articulo 3º.- Plazo para la instalacion La citada Comision Sectorial debera ser instalada en el plazo MORDAZA de diez (10) dias calendario computados desde la notificacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de Informes La Comision Sectorial elevara al Despacho Ministerial las Bases y Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de la(s) empresa(s) que ejecutaran el "Programa de Control y Vigilancia de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario desde su instalacion, para la aprobacion correspondiente. Articulo 5º.- Colaboracion La Comision Sectorial podra solicitar la informacion y documentacion necesarias para el cumplimiento de sus funciones a las dependencias del Ministerio de los Organismos Publicos del Sector Produccion, quedando estos obligados a prestar su colaboracion. Articulo 6°.- Derogacion Quedan sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 219-2010-PRODUCE y N° 045-2011-PRODUCE, asi como sus modificatorias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de la Produccion 763012-1

VIVIENDA
Convocan a poblacion de zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007 a participar en la Primera Convocatoria 2012 del Programa Techo Propio en la modalidad de Construccion en Sitio Propio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2012-VIVIENDA MORDAZA, 9 de marzo de 2012

Que, mediante la Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga en los ambitos MORDAZA y rural, por una sola vez, al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda de Interes Social; Que, con Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se declara de utilidad publica la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los sectores populares a una vivienda MORDAZA y estimular la participacion del sector privado en la construccion de viviendas de interes social; Que, de acuerdo al articulo 6 del Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 092-2011-VIVIENDA, los Grupos Familiares - GF podran postular al BFH, previo MORDAZA de Convocatoria publicada mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0912011-VIVIENDA, se aprobo la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion con el BFH teniendo en consideracion el deficit cualitativo MORDAZA y las zonas donde dicho subsidio ha sido otorgado en menor porcentaje; Que, mediante la Ley Nº 29800 se promueve la intervencion de las entidades de los Gobiernos Nacional, Regional y Local en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 176-2011VIVIENDA, se aprobo la MORDAZA Convocatoria 2011 del Programa Techo Propio para el otorgamiento de 2000 BFH, para la atencion de la poblacion del departamento de Ica, las provincias de Canete y Yauyos, del departamento de MORDAZA, y las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y Huancavelica del departamento de Huancavelica, y para tal efecto se le exceptuo de la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion con BFH, prevista en la Resolucion Ministerial Nº 091-2011-VIVIENDA; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 223-2011VIVIENDA, se aprobo la ampliacion de la MORDAZA Convocatoria 2011 del Programa Techo Propio, para el otorgamiento de hasta 8,000 Bonos Familiares Habitacionales ­ BFH, adicionales a los ofertados mediante la Resolucion Ministerial Nº 176-2011-VIVIENDA; Que, mediante el Informe Nº 097-2012/VIVIENDA/ VMVU-DNV, la Direccion Nacional de Vivienda, propone convocar a la poblacion a participar en el otorgamiento del BFH en las zonas focalizadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 176-2011VIVIENDA y Nº 223-2011-VIVIENDA, con la finalidad de atender la demanda habitacional de la poblacion de las referidas zonas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y modificatoria, y la Resolucion Ministerial Nº 092-2011-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- De la Primera Convocatoria 2012 del Programa Techo Propio Convoquese a la poblacion de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, a participar en la Primera Convocatoria 2012, para el otorgamiento de 5000 Bonos Familiares Habitacionales ­ BFH, en la modalidad de Construccion en Sitio Propio del Programa Techo Propio, para lo cual podran postular a partir del MORDAZA dia de publicada la presente Resolucion, inscribiendose en las Oficinas de Atencion del Fondo MIVIVIENDA S.A. y en sus Centros Autorizados a nivel nacional.

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