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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de marzo de 2012 462601 “Fondo Fiduciario Ecuador Yasuni ITT”, fi rmado el 20 de mayo de 2011, en la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 y 102 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al Acuerdo Específi co entre la República del Ecuador y la República del Perú de Contribución al “Fondo Fiduciario Ecuador Yasuni ITT”, fi rmado el 20 de mayo de 2011, en la ciudad de San Francisco de Quito, República del Ecuador. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 764808-12 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Acuerdo bilateral para brindar atención de salud recíproca a nacionales, suscrito con la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 070-2012-RE Lima, 15 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo bilateral para brindar atención de salud recíproca a nacionales de la República del Perú y de la República del Ecuador”, fue suscrito el 10 de junio de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 y 102 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nro. 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Acuerdo bilateral para brindar atención de salud recíproca a nacionales de la República del Perú y de la República del Ecuador”, suscrito el 10 de junio de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 764808-13 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas suscrito con la República Portuguesa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 071-2012-RE Lima, 15 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el “Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República Portuguesa”, fue suscrito el 07 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú.; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º inciso 1 y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nro. 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República Portuguesa”, suscrito el 07 de abril de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú.. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 764808-14 Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y el Reino de los Países Bajos” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 072-2012-RE Lima, 15 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el “Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y el Reino de los Países Bajos”, fue hecho el 12 de mayo de 2011, en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 y 102 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al “Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y el Reino de los Países Bajos”, hecho el 12 de mayo de 2011, en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.