Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2012 (16/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Valores cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, el articulo 38° de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 32° del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 009-2006-EF/94.10, dispone que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores materia de la solicitud a que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada por el articulo 37°, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, cuando se hayan extinguido los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, el articulo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion N° 073-2004-EF94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe), y: Estando a lo dispuesto por el articulo 52° del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 079-1997-EF/94.10 y sus normas modificatorias, por el articulo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 2162011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA de los valores denominados "Quinta Emision del Primer Programa de Bonos Corporativos Palmas del Espino". Articulo 2º.- Disponer la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores senalados en el articulo anterior. Articulo 3°.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4°.- Transcribir la presente Resolucion a Palmas del MORDAZA S.A. en calidad de emisor, a Banco de Credito del Peru en calidad de Representante de los Obligacionistas, a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
Encargan funciones de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 023-2012-SUNASA/S
MORDAZA, 13 de marzo de 2012 VISTO: El Informe N° 00104-2012/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica y el Informe N° 00249-2012/OGA de la Oficina General de Administracion; y,

Que, mediante el articulo 9° de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud SUNASA, como un organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), asi como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el ambito de su competencia; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud aprobado por Decreto Supremo N° 009-2011-SA, publicado el 05 de junio de 2011, establece en sus articulos 11° y 12° que dentro de su estructura organizacional se cuenta con una Secretaria General como organo responsable de las actividades administrativas de la SUNASA, constituyendo este la MORDAZA autoridad administrativa, y actuando como nexo de coordinacion entre la Alta Direccion y los Organos de Administracion Interna; Que, el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud aprobado por Resolucion Suprema N° 014-2011-SA, publicado el 21 de MORDAZA de 2011, tiene previsto el cargo de confianza de Secretario General; Que, conforme a los articulos 9° y 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNASA el Superintendente es el funcionario de mayor jerarquia de la Institucion, preside el Consejo Directivo, ejerce las funciones ejecutivas de direccion de la SUNASA y es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal, pudiendo delegar en los empleados de confianza y servidores publicos de la SUNASA determinadas facultades y atribuciones no privativas a su funcion; asimismo, organiza, dirige y supervisa el funcionamiento de la SUNASA; designa a los trabajadores en cargos de direccion y confianza; y expide las resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos, de las funciones delegadas por el Consejo Directivo y de otros dispositivos que por MORDAZA legal se establezcan; y, adopta medidas de excepcion sobre asuntos que correspondan al Consejo Directivo, en el caso que no sea posible reunir al Consejo Directivo para sesionar validamente, dando cuenta al mismo en la sesion mas proxima para su ratificacion; Que, el senor Licenciado en Administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, tiene vinculo vigente con la SUNASA mediante el Contrato Administrativo de Servicios N° 0072012-SUNASA/OGA suscrito en fecha 07 de marzo del 2012, por el cual se obligo a prestar sus servicios profesionales de Asesor para la Secretaria General; Que, en tanto se apruebe el presupuesto institucional referido a la contratacion para la plaza correspondiente al cargo de Secretario General, corresponde encargar las funciones de dicho cargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz; Que, el articulo 11° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, establece entre otros aspectos, que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios pueden ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante, o quedar sujeto a la designacion temporal, como representante de la entidad ante comisiones y grupos de trabajo, como miembro de organos colegiados y/o como directivo superior o empleado de confianza observando las limitaciones establecidas en la Ley N° 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; Que, mediante la Resolucion de Superintendencia N° 055-2011-SUNASA/CD de fecha 15 de junio de 2011, publicada el 18 de junio de 2011, se encargo al senor Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA -quien a su vez venia desempenando el cargo de confianza de Superintendente Adjunto- las funciones de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, precisando que debia ejercerlas de conformidad a lo establecido en los articulos 11° y 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2011-SA; correspondiendole en adicion a las funciones MORDAZA senaladas a) Aprobar y elevar al Superintendente el Proyecto de Presupuesto Analitico de Personal y b) Asistir con voz pero sin MORDAZA a las sesiones del

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