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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de marzo de 2012 462618 VISTO el Informe Nº 0019-2012-DGPID/JNE de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, mediante el cual propone la modifi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Jurado Nacional de Elecciones, a solicitud de la Alta Dirección del Jurado Nacional de Elecciones. CONSIDERANDO Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 177, reconoce que los integrantes del sistema electoral gozan de autonomía y mantienen relaciones de coordinación, de acuerdo con sus atribuciones. Que, el artículo 30 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, establece que el desarrollo de las funciones, composición, designación de sus miembros y relaciones de los órganos que lo integran, son delimitados en el Reglamento de Organización y Funciones. Que, mediante Resolución Nº 130-2008-JNE se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. Que, mediante Resoluciones Nº 347-2010-JNE y Nº 410-2010-JNE se modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. Que, mediante Resolución Nº 601-2010-JNE se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. Que, mediante Resolución Nº 5011-2010-JNE se modifi ca el numeral 9 del artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. Que, mediante Resolución Nº 0738-2011-JNE se aprueba la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. Que, los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la administración pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establecen en su artículo 31 lo que debe contener el informe técnico sustentatorio que justifi ca la modifi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones. Que, por el documento del visto, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, de conformidad con lo establecido en el párrafo precedente, sustenta las modifi caciones realizadas al Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. Que, ha sido creada la Unidad de Cobranza Coactiva dependiente de la Dirección Central de Gestión Institucional, con el objetivo de implementar las acciones conducentes a efectivizar la cobranza de las multas provenientes del incumplimiento de los ciudadanos a sufragar en los procesos electorales. Se ha reformulado las acciones de cobranza a implementar, y por consiguiente se ha visto la necesidad de cambiar la denominación de dicha unidad y así acoger la amplitud que conlleva su objetivo, siendo ahora su denominación: Unidad de Cobranza; por lo cual, se actualiza también dicha denominación en el Organigrama del Jurado Nacional de Elecciones. Que, mediante Acta de Sesión Privada del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 01 de febrero del 2012, se acordó asignar a la Dirección Central de Gestión Institucional, la función de designar, evaluar y controlar el desempeño de los fedatarios del Jurado Nacional de Elecciones, y por consiguiente eliminar dicha función de la Secretaría General. Que, por otra parte, la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General en su artículo 201º, nos indica: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.”; con lo cual, se realizan modifi caciones relacionadas a este punto. Que, por último, en el citado informe, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo señala que las modifi caciones propuestas no alteran el presupuesto aprobado de funcionamiento de la entidad. Que, en ese sentido, con el propósito de alcanzar mayores niveles de efi ciencia y efi cacia, resulta conveniente la aprobación de la modifi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones. Con el visto del Director General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo y conforme a las facultades conferidas al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, según la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones. RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación de denominación de la Unidad de Cobranza, en la estructura orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; el cual en ANEXO Nº 01 forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar la modifi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, el cual en ANEXO Nº 02 forma parte de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Los anexos referidos en los artículos precedentes deberán ser publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a todos los órganos y unidades orgánicas del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SIVINA HURTADO MINAYA CALLE DE BRACAMONTE MEZA VELARDE URDANIVIA Benites Cadenas Secretario General (e) 764136-1 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidos nombramientos y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 668-2012-MP-FN Lima, 15 de marzo de 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora SONIA MARIBEL VASQUEZ SANCHEZ, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Luya, materia de la resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 589-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010. Artículo Segundo.- NOMBRAR a la doctora SONIA MARIBEL VASQUEZ SANCHEZ, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Luya.