Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2012 (22/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

462905

de la Unidad de Imagen Institucional del Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura

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Disponen la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Limites Maximos Permisibles de Emisiones Atmosfericas para la Produccion de Ladrillos en el MORDAZA web del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 074-2012-MINAM
MORDAZA, 20 de marzo de 2012 Visto, el Memorandum N° 463-2011-DVMGA/MINAM de fecha 16 de noviembre de 2011, de la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, el literal d) del articulo 7º del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece como funcion especifica del Ministerio del Ambiente, elaborar los Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Maximos Permisibles (LMP), que deberan contar con la opinion del sector correspondiente, debiendo ser aprobados o modificados mediante Decreto Supremo; Que, el articulo 32° de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, modificada por el Decreto Legislativo N° 1055, define al Limite MORDAZA Permisible (LMP) como la medida de concentracion o grado de elementos, sustancias o parametros fisicos, quimicos y biologicos que caracterizan a un efluente o una emision, que al ser excedida causa o puede causar danos a la salud, al bienestar humano y al ambiente; correspondiendo su determinacion al Ministerio del Ambiente; siendo su cumplimiento exigible legalmente por dicho Ministerio y los organismos que conforman el Sistema Nacional de Gestion Ambiental; Que, de otro lado, el articulo 14° del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, establece que la evaluacion de impacto ambiental es un MORDAZA participativo, tecnico-administrativo, destinado a prevenir, minimizar, corregir y/o mitigar e informar acerca de los potenciales impactos ambientales negativos que pudieran derivarse de las politicas, planes, programas y proyectos de inversion, y asimismo, intensificar sus impactos positivos. Este MORDAZA ademas comprende medidas que aseguren, entre otros, el cumplimiento de los Estandares de Calidad Ambiental, los Limites Maximos Permisibles y otros parametros y requerimientos aprobados de acuerdo a la legislacion ambiental vigente; Que, en ese contexto, el Ministerio del Ambiente, ha elaborado el proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Limites Maximos Permisibles de Emisiones Atmosfericas para la Produccion de Ladrillos; propuesta que, previa a su aprobacion, debe ser sometida a consulta publica, con la finalidad de conocer la opinion y/o sugerencias de los interesados, conforme lo establece el articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Con el visado del Viceministerio de Gestion Ambiental, de la Secretaria General, de la Direccion General de Calidad Ambiental, y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Limites Maximos Permisibles de Emisiones Atmosfericas para la Produccion de Ladrillos, que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Dicha publicacion se realizara en el MORDAZA Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam. gob.pe/consultas_publicas), a fin de conocer la opinion y/o

AMBIENTE
Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Interinstitucional constituida mediante Ley Nº 29293
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 070-2012-MINAM
MORDAZA, 20 de marzo de 2012 VISTOS, Oficio Nº 008-2012-TA/HMPP de 8 de enero del 2012 del MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pasco; el Memorando Nº 110-2012-MINAM-VMGA-DGCA y el Informe Tecnico Nº 0097-2012-MINAM-VMGA/DGCA, ambos de la Direccion General de Calidad Ambiental del Viceministerio de Gestion Ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29293 se declaro de necesidad publica e interes nacional la implementacion de medidas para lograr el desarrollo MORDAZA sostenible concertado y la reubicacion de la MORDAZA de Cerro de Pasco; Que, a traves del articulo 2º de la citada Ley, modificado por el articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 103-2009, se constituyo una Comision Interinstitucional con el objeto de implementar medidas para reducir el impacto ambiental y proteger la salud de la poblacion, asi como definir el MORDAZA de reubicacion de la MORDAZA de Cerro de Pasco y alcanzar su desarrollo MORDAZA sostenible; que se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente; Que, por Resolucion Ministerial Nº 040-2009-MINAM de 10 de febrero de 2009, se designo a los representantes, titular y alterno, del Ministerio del Ambiente ante dicha Comision, resultando necesario actualizar la mencionada designacion; Con el visado de la Secretaria General, la Direccion General de Calidad Ambiental, la Direccion General de Ordenamiento Territorial, y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013 ­ Ley de Creacion Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones, y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista de la Direccion General de Calidad Ambiental y al senor Wilmer Evacio MORDAZA MORDAZA, Especialista de la Direccion General de Ordenamiento Territorial, como representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente, respectivamente, ante la Comision Interinstitucional constituida mediante la Ley Nº 29293. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 040-2009-MINAM de 10 de febrero de 2009. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion Ministerial a los representantes indicados en el articulo 1º, asi como a la Comision Interinstitucional. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente

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