Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2012 (22/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2012

NORMAS LEGALES

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cual se formalizo a partir del 01 de enero de 2012, de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica, modificada por las Leyes Nº 28522 y Nº 28802, establece que el Ministro o la MORDAZA autoridad ejecutiva en cada Sector, segun corresponda, constituye el Organo Resolutivo, y como tal le corresponde autorizar la Fase de Inversion y es el principal responsable por el cumplimiento de la Ley Nº 27293, su reglamento y las normas que a su MORDAZA se expidan; Que, en el literal d) del numeral 6.1 del articulo 6 del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, se reitero que el Organo Resolutivo es el Titular o la MORDAZA autoridad ejecutiva en cada Sector, precisandose que le corresponde, entre otras funciones, la de autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica declarados viables; precisandose que dichas competencias pueden ser delegadas a favor de la MORDAZA autoridad administrativa de las Entidades clasificadas en su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, por otro lado, los numerales 44.1 y 44.2 del articulo 44 de la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007-EF/77.15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF77.15, establecen que la apertura de cuentas bancarias que se requieran para el manejo de fondos publicos distintos de los administrados y canalizados a traves de la Direccion Nacional del Tesoro Publico es autorizada por la mencionada Direccion Nacional y a solicitud expresa, para lo cual debe presentarse la solicitud correspondiente acompanada de la MORDAZA de la Resolucion del Titular del Pliego o del funcionario en quien se hubiera delegado la facultad de dirigir los asuntos administrativos de la entidad, en la que se designe la entidad bancaria y se indique la fuente de financiamiento, la modalidad de deposito y el MORDAZA de moneda; Que, al respecto, el literal o) del articulo 6 del Reglamento de Organizacion y Funciones del MIDIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS, dispone que es competencia del Ministro aprobar y suscribir, cuando corresponda, convenios nacionales e internacionales en el ambito de su competencia; Que, el literal n) del articulo 6 de la MORDAZA citada en el considerando anterior, preve la posibilidad de que el Ministro delegue en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su competencia; Que, mediante los Informes Legales Nº 013-MIDISFONCODES/DE-ETAL y Nº 033-2012-MIDIS-FONCODES/ DE-ETAL, elaborados por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal del FONCODES, y el Informe Nº 0017-2012MIDIS-FONCODES/UPR-ETSE, elaborado por el Jefe del Equipo de Trabajo de Seguimiento y Evaluacion del FONCODES, se ha solicitado que las facultades descritas en los considerandos anteriores MORDAZA delegadas en el Director Ejecutivo del FONCODES y en los jefes zonales de dicho programa, a efectos de viabilizar las acciones administrativas que permitan cumplir con los objetivos, compromisos y operatividad de aquel; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Director Ejecutivo del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social (FONCODES) las siguientes facultades: a) Autorizar la fase de inversion el ciclo del proyecto de inversion publica y, en consecuencia, la elaboracion de

los expedientes tecnicos o estudios definitivos, asi como la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP). b) Aperturar cuentas bancarias en entidades distintas al Banco de la Nacion, asi como efectuar las modificaciones respectivas. c) Aprobar, suscribir, modificar y resolver convenios y contratos con instituciones publicas o privadas correspondientes al funcionamiento u operacion del FONCODES. d) Ejercer la representacion legal del FONCODES; asi como otorgar y revocar poderes que considere necesarios. Articulo 2º.- Delegar en los Jefes zonales del FONCODES la facultad de suscribir convenios de financiamiento y sus respectivas adendas, con instituciones publicas o privadas conforme a los modelos previamente aprobados por el FONCODES, en representacion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (MIDIS). Articulo 3º.- El Director Ejecutivo y los Jefes zonales del FONCODES deberan informar a la Secretaria General del MIDIS sobre las resoluciones que emita y los actos efectuados como producto de la presente delegacion de funciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social

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EDUCACION
Dan por concluido encargo efectuado mediante R.M. N° 609-99-ED, respecto a la administracion y conservacion de inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0107-2012-ED
MORDAZA, 20 de marzo de 2012 Vistos, los Informes N° 021-2012-ME/VMGIOINFE-PATRIMONIO-MCM y N° 026-2012-ME/VMGIOINFE-PATRIMONIO-MCM, emitidos por la Oficina de Infraestructura Educativa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, se establecen las normas que regulan el ambito, organizacion, atribuciones y funciones del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado y en apoyo y fortalecimiento al MORDAZA de descentralizacion; teniendo como objeto desarrollar los mecanismos y procedimientos que permitan una eficiente gestion de los bienes estatales; Que, el Ministerio de Educacion es propietario del predio ubicado en la MORDAZA Plazuela MORDAZA, entre las Calles MORDAZA y MORDAZA, Sub Lote A, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, con un area de 2,697.75 m², inscrito en la Partida Nº 11014367 de la Oficina Registral de MORDAZA a nombre del Estado Peruano - Ministerio de Educacion; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 609-99-ED, del 10 de setiembre de 1999, se delego la administracion y conservacion del mencionado inmueble al Instituto Nacional de Cultura, debido a que constituye Patrimonio Cultural de la Nacion, segun lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 774-87-ED, de fecha 9 de noviembre de 1987; Que, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC se dispuso la fusion del Instituto Nacional de Cultura con el Ministerio de Cultura; Que, con Oficio N° 331-2011-GRP-100000, el Gobierno Regional de MORDAZA ha solicitado la transferencia del mencionado predio, con la finalidad de construir la

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