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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de marzo de 2012 462908 sede de la Casa de la Cultura de Piura y el Poliforum Mario Vargas Llosa, como parte de sus funciones de promover el desarrollo local y cultural; así como, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida a su población, en el marco del proceso de descentralización, en coordinación y asociación con los niveles del Gobierno Nacional; Que, en ese contexto mediante Ofi cio N° 062-2012- OGA-SG/MC, del 20 de febrero de 2012, el Ministerio de Cultura, de acuerdo a lo informado por la Dirección Regional de Cultura de Piura, indicó que corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 609-99-ED, a fi n que se ceda el uso al Gobierno Regional de Piura, y se revalorice el inmueble como Centro Cultural de la ciudad; Que, en tal sentido, a través del Informe Nº 021- 2012-ME/VMGI-OINFE-PATRIMONIO-MCM, de fecha 27 de febrero de 2012, complementado mediante Informe N° 026-2012-ME/VMGI-OINFE-PATRIMONIO-MCM, de fecha 8 de marzo de 2012, la Unidad de Patrimonio Inmobiliario de la Ofi cina de Infraestructura Educativa, señaló los antecedentes del inmueble, recomendando que previamente a realizar algún acto de disposición sobre el mismo, es preciso que se dé por fi nalizado el encargo efectuado mediante Resolución Ministerial N° 609-99-ED; Que, asimismo, señaló que se ha determinado que la dirección consignada en el artículo segundo de la Resolución Ministerial N° 609-99-ED, actualmente corresponde al que fi gura en la Partida N° 11014367 de la Ofi cina Registral de Piura, es decir a la Calle Plazuela Merino, entre las Calles Libertad y Arequipa, Sub Lote A, distrito, provincia y departamento de Piura, tal como se precisa en la Resolución Ejecutiva Regional N° 523-2006/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR; Que, en consecuencia es necesario dar por concluido el encargo contenido en la Resolución Ministerial Nº 609- 99-ED, del 10 de setiembre de 1999, con la fi nalidad de iniciar el acto de disposición del mencionado inmueble a favor del Gobierno Regional de Piura; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo efectuado a través del artículo segundo de la Resolución Ministerial N° 609-99-ED, de fecha 10 de setiembre de 1999, respecto a la administración y conservación del inmueble ubicado en la Calle Plazuela Merino, entre las calles Libertad y Arequipa, Sub Lote A, distrito, provincia y departamento de Piura, inscrito en la Partida N° 11014367 de la Ofi cina Registral de Piura, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- Comunicar la presente Resolución a la Ofi cina de Infraestructura Educativa - OINFE, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 766956-1 Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0108-2012-ED Lima, 20 de marzo de 2012 Vistos, los Informes Nº 051 y 058-2012-MED-VMGI- OBEC, emitidos por la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, en este contexto, la Ley Nº 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, señala que dicho Programa está a cargo del Ministerio de Educación, y se encargará del diseño, planifi cación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, faculta al Ministerio de Educación a dictar las disposiciones necesarias para la organización y funcionamiento del referido Programa; Que, en el artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que la estructura orgánica de los Programas se aprueba mediante un Manual de Operaciones; Que, mediante los documentos de Vistos, la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo ha presentado el proyecto de Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), así como el sustento técnico correspondiente, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente para su aprobación; Que, en este contexto, resulta necesario encargar las funciones de Director Ejecutivo del PRONABEC, rol previsto en el Manual de Operaciones antes señalado; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), cuyo texto, en condición de anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Encargar al señor Raúl CHOQUE LARRAURI, Jefe de la Ofi cina de Becas y Crédito Educativo, las funciones de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), con retención de su cargo. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones publique el Manual de Operaciones aprobado por el artículo 1 en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe/ normatividad/), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 766956-2 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Dan por concluidas funciones de Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0082-2012-JUS Lima, 21 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0065-2012-JUS se encargaron las funciones de Director General de la Ofi cina