Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2012 (22/03/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de marzo de 2012

El Oficio Nº 002-2012-CPPAD-HSR de fecha 06 de febrero del 2012 emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Hospital MORDAZA Rosa. CONSIDERANDO: Que, segun Resolucion Directoral Nº 251-2011-SA-DSHSR-OARRHH/DG de fecha 14 de octubre del 2011, se resolvio autorizar el Destaque por Unidad Familiar a partir de la fecha de la resolucion hasta el 31 de diciembre del 2011 al Servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la Direccion Regional de Salud de Ica, del Gobierno Regional de Ica; Que, mediante Oficio Nº 8397-2011-GORE-DRSA-ICA/ D-OEGyDRRHH de 06 de Diciembre del 2011 el Director Regional de la Direccion Regional de Salud ­ Ica, comunica que el Servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de acuerdo a los reportes que obran del Area de Control de Asistencia y Permanencia DIRESA-ICA advierte asistencia registrada hasta el 11 de noviembre del ano en curso, Comision de Servicio a la MORDAZA de MORDAZA los dias 14 y 15 de noviembre del 2011 mediante MORDAZA Nº 611-2011-OEA y desde entonces no tienen conocimiento de su destino, a pesar que se ha estado tratando de ubicarlo via telefonica sin resultado alguno, consecuentemente para esa institucion el citado Servidor ha hecho abandono de trabajo; Que, mediante Informe Nº 001-2012-SA-DS-OARHHUCA de fecha 10 de enero del 2012 la jefa de la Unidad de Control Asistencia informa la situacion laboral del Servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALENCIA: Noviembre 2011 registra inasistencia del 16 de noviembre, Diciembre 2011 Inasistencias por no existir informe de la Sede de Destino y enero del 2012 debe reincorporarse a laborar el dia 02 y a la fecha no se ha presentado a laborar, asimismo en coordinacion con la Unidad de Seleccion no ha presentado renovacion de destaque para el 2012; Que, mediante OFICIO Nº 007-2012-SA-DS-HSR-DG de fecha 19 de Enero del 2009, se remitio el expediente MORDAZA mencionado a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, a fin de que se pronuncie sobre la procedencia o no de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra el Servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Que, mediante documentos de visto de fecha 06 de febrero del 2012, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, luego del analisis de los actuados, se pronuncia a favor de la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario contra el Servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus continuas faltas injustificadas, incumpliendo a sus obligaciones de servidor publico senalado en los incisos a) y c) del Articulo 21º, incurriendo en falta administrativa de caracter disciplinario, contemplado en los incisos a) y k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y transgredir los deberes de la Funcion Publica contemplados en el numeral 6 del Articulo 7 de la Ley Nº 27815 ­ Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica al no haber desarrollado sus funciones a cabalidad y en forma integral, no habiendo asumido con pleno respeto su funcion publica, trasgresion que es pasible de sancion de conformidad con el Articulo 10 de la acotada ley; Que, el Articulo 150º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM - Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, establece que "Se considera falta disciplinaria a toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el Articulo 28º y otros de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. La comision de una falta da lugar a la aplicacion de la sancion correspondiente"; Que, asimismo, el Articulo 163º de la MORDAZA legal MORDAZA acotada, refiere que "El servidor que incurra en falta de caracter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitucion, sera sometido a MORDAZA administrativo disciplinario que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables; Que, por lo tanto y de acuerdo con las recomendaciones efectuadas por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, hay merito para Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el Servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALENCIA; Con la visacion del Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administracion, la Jefa de la Oficina de Administracion de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoria Juridica del Hospital MORDAZA Rosa;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, Articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, la Resolucion Ministerial Nº 1022-2007/ MINSA que aprueba el Reglamento de Organizacion de Funciones (ROF) del Hospital MORDAZA MORDAZA, en uso de las facultades y atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 701-2004/MINSA; SE RESUELVE: Articulo Primero.INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al Servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo I, Nivel STB, por la presunta comision de falta de caracter disciplinario previsto en el Inciso a) y k) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, conforme a la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER la remision de los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Hospital MORDAZA MORDAZA, para que en el termino improrrogable de treinta (30) dias habiles, previo los estudios e investigacion, eleve el Informe Final, recomendando la sancion a que hubiere lugar. Articulo Tercero.- NOTIFICAR el contenido de la presente resolucion, al servidor indicado en el Articulo Primero de la presente resolucion, y en aplicacion del Articulo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM ­ Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, se le otorga un plazo de cinco (05) dias utiles, contados a partir del dia siguiente de su notificacion, a fin de que haga llegar sus correspondientes descargos, acompanado de las pruebas que crea conveniente. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Hospital MORDAZA MORDAZA

766233-1 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 051-2012-SA-DS-HSR-OARRHH/DG
MORDAZA, 29 de febrero del 2012 VISTO: El Oficio Nº 004-2012-CPPAD-HSR de fecha 15 de febrero del 2012 emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Hospital MORDAZA Rosa. CONSIDERANDO: Que, mediante Solicitud de Descanso Medico presentado por la Servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAL Y MORDAZA, de fecha 13 de Junio del 2011, por el periodo del 13 de Junio del 2011 al 29 de Junio del 2011, habiendo sido observado por la Medico de Personal como No Procedente al no encontrarse en su domicilio indicado en la Solicitud de la citada servidora. Que, mediante MORDAZA Nº 042-2011-HSR-MP de fecha 15 de Junio del 2011 la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Medico de Personal, comunica que se realizo la visita domiciliaria el mismo dia a la Servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAL Y MORDAZA a la Direccion Jr. Mancora Nº 182 ­ MORDAZA a la 08:57 a.m. no encontrandose en su domicilio. Que, mediante MORDAZA Nº 903-2011-SA-DS-HSR-UCAOA-RRHH de fecha 21 de junio la Directora de la Oficina de Administracion de Recursos Humanos notifica a la citada servidora que su solicitud de Descanso Medico no procede segun observacion hecha por el Medico de Personal. Que, mediante Informe Nº 002-2011-SA-DS-HGSRDG-TD de fecha 12 de MORDAZA del 2011 la Coordinadora de la Unidad de Tramite Documentario comunica que no se cumplio con notificar el MORDAZA Nº 903-2011-SA-DSHSR-UCA-OA-RRHH debido a que la Servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAL Y MORDAZA no fue ubicada en su domicilio, encontrandose su departamento cerrado; Que, mediante Nota Informativa Nº 187-2011-SADS-HSR-US-OARRHH de fecha 21 de MORDAZA del 2011,

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