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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2012 463405 en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de mayo del 2012, la vigencia de la Ordenanza Nº 226 que aprueba “Benefi cios Tributarios para la Regularización y/o Actualización de la Información del Predio, como resultado de un Procedimiento de Fiscalización Tributaria y/o Actualización Catastral”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Control, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, Ejecutoría Coactiva Administrativa, Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob. pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 771038-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 375/MM Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 375/MM, publicada en la edición del día 28 de marzo de 2012 - En el Artículo 5º.- De las Sanciones; DICE: (...) CÓDIGO INFRACCIÓN MULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE SANCIÓN COMPLE- MENTARIA 02 – 156 Por no instalar en el establecimiento comercial un sistema de video vigilancia con una capacidad de grabación no menor de 48 horas. 0.25 Clausura Transitoria (...) DEBE DECIR: (...) CÓDIGO INFRACCIÓN MULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE SANCIÓN COMPLE- MENTARIA 02 – 156 Por no instalar en el establecimiento comercial un sistema de video vigilancia con una capacidad de grabación no menor de 48 horas. 0.25% Clausura Transitoria (...) 770899-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban cambio de nomenclatura de vía del distrito ORDENANZA Nº 385-MPL Pueblo Libre, 27 de marzo de 2012 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 07 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Nº 002-2012-MPL/CPL-CERND; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo II del Título Preliminar señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo a lo establecido en el Título XIII de la Ley Nº 27972, la capital de la República tiene régimen especial que le otorga a la Municipalidad Metropolitana de Lima, competencias y funciones específi cas irrestrictas de carácter local, metropolitano y regional; dentro de este contexto el artículo 79º numeral 1.4.5 de la citada ley establece que son funciones específi cas, exclusivas de las Municipalidades en materia de organización y espacio físico y uso del suelo, aprobar la regulación Provincial, respecto al otorgamiento de nomenclatura de calles, parques y vías; Que asimismo, el artículo 81º numeral 2.2 de la mencionada Ley, establece como función específi ca compartida de las municipalidades provinciales, organizar la señalización y la nomenclatura de vías en coordinación con las municipalidades distritales y en su numeral 3.1 establece como función específi ca compartida de las municipalidades distritales, la de establecer la nomenclatura y señalización de calles y vías de acuerdo con la regulación provincial y en coordinación con la municipalidad provincial; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 046-2010- MPL de fecha 19 de abril de 2010, se aprobó el cambio de nomenclatura de la actual Calle “NN1” por el de Calle “Carlos Mariotti Cattaneo” y el Expediente Técnico sustentatorio, disponiendo su remisión a la Sub Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de Lima; siendo remitido mediante Ofi cio Nº 256-2010-MPL-OSG de fecha 05 de mayo de 2010, para su estudio, evaluación y emisión del Dictamen favorable correspondiente; Que, mediante Acuerdo del Concejo Metropolitano de Lima Nº 591 de fecha 13 de marzo de 2012, se acordó “Opinar favorablemente por el cambio de la Asignación de la Nomenclatura Vial de la Calle NN1 por Calle Carlos Mariotti Cattaneo, del distrito de Pueblo Libre de conformidad con el Decreto Supremo N° 004-95-MTC, Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas Recreativas y Segundo de la Ordenanza 1274-MML”; Que, el artículo 2º de la Ordenanza Nº 1274-MML establece que la modifi cación de la nomenclatura y numeración de las vías de nivel local, en consonancia con el Sistema Vial Metropolitano de Lima, se ofi cializa exclusivamente a través de Ordenanza aprobada por el Concejo de la Municipalidad Distrital que corresponda, previo Dictamen favorable de la Sub Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la cual se integra un Regidor de la Municipalidad Distrital que propone la modifi cación; Que, asimismo se hace necesario facilitar a los vecinos que habitan en la Calle NN1, en los trámites que llevarán a cabo ante instituciones públicas y privadas,