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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2012 (30/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2012 463404 Aprueban Estados Financieros, Información Presupuestaria y Memoria Anual de la Municipalidad de La Molina correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011 ACUERDO DE CONCEJO Nº 044-2012 La Molina, 26 de marzo de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de Marzo del 2012, el Dictamen Conjunto Nº 05 - 2012 de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto a la aprobación de los Estados Financieros, Información Presupuestaria y la Memoria Anual de la Municipalidad de La Molina correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011, y ; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del Artículo 54º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “ (…) Fenecido el ejercicio presupuestal, bajo responsabilidad del gerente municipal o quien haga sus veces, se formula el balance general de ingresos y egresos y se presenta la memoria anual, documentos que deben ser aprobados por el concejo municipal dentro de los plazos establecidos por el Sistema Nacional de Contabilidad”; Que, el inciso 11) del artículo 9º de la acotada Ley establece que, “Es atribución del alcalde someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido”; Que, asimismo el numeral 17) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el Balance y la Memoria; Que, los artículos 28 y 36 de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, dispone que el titular de pliego presupuestado está obligado a suscribir y remitir la información requerida para la elaboración de la Cuenta General de la República hasta el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fi scal materia de rendición de cuenta; en concordancia con lo establecido en la Directiva Nº 003-2010-EF/93.01 “Cierre Contable y Presentación de Información para la Elaboración de la Cuenta General de la República” aprobada con Resolución Directoral Nº 018- 2010-EF/93.01 (10.12.11) y su modifi catoria aprobada con Resolución Directoral Nº 016-2011-EF/51.01 (29.12.11); Que, mediante Memorándum Nº 420 y Nº 421 -2012- MDLM-GM, la Gerencia Municipal remite respectivamente el Informe Nº 094-2012-MDLM-GAF (20.03.12) de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 027- 2012-MDLM/GAF-SGCC (20.03.12) de la Subgerencia de Contabilidad y Costos, y el Informe Nº 026-2012-MDLM- GPPDI (20.03.12) de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, conteniendo los Estados Financieros, Información Presupuestaria y la Memoria Anual del Ejercicio Fiscal 2011, elaborados sobre la base de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y los Principios de Contabilidad Gubernamental, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 003-2010- EF/93.01 y su modifi catoria; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por mayoría y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR los Estados Financieros, Información Presupuestaria y la Memoria Anual de la Municipalidad de La Molina correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011, de conformidad con las normas establecidas por la Contaduría Pública de la Nación y la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, cuyo contenido forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas para que en coordinación con la Subgerencia de Contabilidad y Costos, efectúe la presentación de los Estados Financieros, Información Presupuestaria y la Memoria Anual correspondiente al Ejercicio Fiscal 2011, ante la Dirección Nacional de Contabilidad Pública para la elaboración de la Cuenta General de la República, dentro del plazo exigido por ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación su publicación en la página web de la municipalidad www.munimolina.gob.pe, en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe, y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 770370-2 Prorrogan vigencia de Ordenanza Nº 226 que aprueba beneficios tributarios DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2012 La Molina, 29 de marzo de 2012 VISTO: El Informe N° 74-2012-MDLM-GAT, de fecha 27 de marzo del 2012, de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 249-2012-MDLM-GAT-SGRFT, de fecha 22 de marzo del 2012, de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, mediante los cuales se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 226 que aprueba “Benefi cios Tributarios para la Regularización y/o Actualización de la Información del Predio, como Resultado de un Procedimiento de Fiscalización Tributaria y/o Actualización Catastral”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 226, publicada el 10 de febrero del 2012 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, tiene como objetivo regular benefi cios tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes del distrito de La Molina que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias formales y sustanciales de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, generadas como resultado de acciones de fi scalización tributaria y/o procedimiento de actualización catastral; sea cual fuere el estado en el que la deuda se encuentre; Que, el artículo 8º de la citada ordenanza, señala que la vigencia de la norma será hasta el último día hábil del mes de marzo del 2012; Que, la Segunda Disposición Final de la misma Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la norma, así como para aprobar y determinar la prórroga de su vigencia; Que, siendo política de la actual gestión, el otorgar facilidades para que los contribuyentes regularicen de manera oportuna sus obligaciones tributarias formales y sustanciales, se hace necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la Ordenanza N°226, toda vez que se advierte que hay contribuyentes que no han cumplido con declarar y/o actualizar la información de sus inmuebles; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria mediante Informe Nº 249-2012- MDLM-GAT-SGRFT, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe N° 74-2012-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 124- 2012-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas