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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2012 463393 de la Corte Superior de Justicia de Lima, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 770171-1 Disponen el retorno de magistrados a sus juzgados de origen RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 205-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 28 de marzo del 2012 VISTOS las Resoluciones Administrativas Números 145-2012-P-CSJLI/PJ y 191-2012-P-CSJLI/PJ, así como los ingresos 20482-2012 y 20886-2012; y, CONSIDERANDOS: Que, a través de los ingresos 8033-2012 y 17538- 2013 las doctoras María del Carmen Gallardo Neyra, Juez Superior Titular de la Sétima Sala Civil de Lima y Emilia Bustamante Oyague, Juez Superior Titular de la Primera Sala Civil de Lima, solicitaron se les conceda licencia con goce de haber por motivo de capacitación del 26 al 30 de marzo del año en curso; a fi n de participar en el Primer Programa de Acreditación de Docentes de la Academia de la Magistratura: Enseñanza del Derecho y Argumentación Jurídica. Que, en atención a ello, mediante las Resoluciones Administrativas de vistos se designaron a los doctores Ángel Víctor Martín Zea Villar, Juez Titular del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima, y Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa, Juez Titular del Décimo Tercer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, como Jueces Superiores Provisionales de la Sétima Sala Civil de Lima y Primera Sala Civil de Lima; respectivamente, por los períodos del 26 al 30 de marzo del presente año. Que, posteriormente, por ingresos 20482-2012 y 20886-2012, las propias doctoras María del Carmen Gallardo Neyra y Emilia Bustamante Oyague, comunican a este Despacho que las clases del mencionado Programa de Acreditación de Docentes, concluirán el 29 de marzo del 2012, por lo que se desisten del pedido de licencia por capacitación por el día 30 de los corrientes; peticionando asimismo, se adopten las medidas administrativas que el caso amerita. Que, estando a lo expuesto en los considerandos anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Primera y Sétima Salas Civiles de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR los Artículos Primero y Segundo de las Resoluciones Administrativas Números 145-2012-P-CSJLI/PJ y 191-2012-P-CSJLI/PJ, en cuanto al período de permanencia de los doctores Ángel Víctor Martín Zea Villar, Juez Titular del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima, y Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa, Juez Titular del Décimo Tercer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, como Jueces Superiores Provisionales de la Sétima Sala Civil de Lima y Primera Sala Civil de Lima, respectivamente; precisándose, que sus nombramientos en dichas Salas Superiores son del 26 al 29 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- DISPONER el retorno de los doctores Ángel Víctor Martín Zea Villar y Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa, a sus Juzgados de origen a partir del 30 de marzo del año en curso, única fecha en la que se DEJA SIN EFECTO las designaciones de los doctores Marianella Ledesma Narvaez, como Juez supernumeraria del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima y Jorge Ezequiel Salazar Sánchez, como Juez Supernumerario del Décimo Tercer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 771031-1 Establecen plazo para la presentación de solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Huaura correspondiente al Año Judicial 2012 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 145-2012-P-CSJHA-PJ Huacho, 13 de marzo de 2012. EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA VISTO: El Ofi cio N° 717-2012-OA-P-CSJHA-PJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 158-2010-CE-PJ, dispone comprender dentro de la estructura de la Unidad Orgánica Cortes Superiores, en el rubro 14 el procedimiento de inscripción y reinscripción de martilleros públicos en cada Distrito Judicial, el mismo que debe realizarse anualmente. Que, por Resolución Jefatural N° 255-2012-SUNARP- Z-R-N°IX/JEF publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 10 de marzo de 2012, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos dispuso la habilitación anual para ejercer el cargo de Martilleros Públicos durante el año 2012. Que, mediante el documento del visto el Administrador de la Corte Superior de Justicia de Huaura, manifi esta que es necesario establecer el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos, que prestarán sus servicios en la Corte Superior de Justicia de Huaura durante el presente año judicial; y atendiendo a que dicho trámite debe realizarse en forma anual en cada Corte Superior luego de declarada la habilitación anual de los mismos por la entidad competente conforme lo establece el artículo 4 del Decreto Supremo N° 08-2005-JUS, corresponde acceder a lo solicitado. Que, por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3 y 9 artículo 90º del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que las solicitudes de inscripción y reinscripción de los Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de