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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2012 (30/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de marzo de 2012 463401 en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Comas aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal N° 004-181-00000473 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de Comas prevé percibir, producto de la emisión mecanizada de los citados arbitrios, cubre el 99.04% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº53-2012- MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº356-MDC que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de Comas, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza ratifi cada Nº356-MDC y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Comas. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria- SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 769469-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Establecen monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al ejercicio 2012 ORDENANZA Nº 356-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesión Extraordinaria del Concejo de fecha 27.02.2012; el Dictamen Nº 05-2012-CAPyF-MDC, emitido por la Comisión de Administración, Planifi cación y Finanzas; el Informe Nº 018-2012-GAT/MDC de fecha 22.02.2012, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 174-2012-GAJ-MDC de fecha 22.02.2012, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 74º de la norma acotada, establece, en concordancia con la Norma IV del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por D.S. 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales la potestad tributaria, para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, y derechos municipales y exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, en su artículo 9º establece que corresponde al Concejo Municipal: “Crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”; Que, el artículo 14° del Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que la actualización de valores de los predios, por parte de las Municipalidades, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anual. Que, la Cuarta Disposición Final de la precitada norma del texto Único ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobada por el Decreto Supremo N° 156- 2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y emisión de los recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes del Distrito de Comas, por derecho de actualización de valores, emisión mecanizada y distribución a domicilio de los formatos correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012; Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y los numerales 1 y 2) del Artículo 69º del mismo marco jurídico establecen que son rentas municipales, entre otros conceptos, las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por el Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios; Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra facultada para ratifi car las ordenanzas de carácter tributario de los distritos que integran la Provincia de Lima, lo cual constituye un requisito para que dichas ordenanzas entren en vigencia, para lo cual ha establecido los procedimientos de ratifi cación dispuestos mediante la Ordenanza Metropolitana Nº 1533 y la Directiva Nº 001- 006-00000015 del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas pertinentes, con el voto mayoritario de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y DISTRIBUCION -IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2012 Artículo Primero.- APRUEBESE el Informe Técnico, la Estructura de Costos y el Cuadro de Estimación de Ingresos, por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada