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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2012 (08/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de mayo de 2012 465923 administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específi co e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a fi nanciar directamente las actividades de la entidad; Que, el Artículo 44° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que tos decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza N0 243-2011-A/MDC, de fecha 29 de Setiembre del 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, dispositivo publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de Diciembre del 2011, ratifi cado conforme al Acuerdo de Concejo N° 1438 de la Municipalidad Metropolitana de Lima de fecha 24 de noviembre del 2011, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 17 de Diciembre del 2011; Que, en atención a los pronunciamientos técnicos y legal emitidos contenidos en el Informe N° 558-2012/ SPOP/GDUR/MDC de la Subgerencia de Proyectos y Obras Públicas, el Informe N° 119-2012-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe N° 0306- 2012-GPPCI/MDC, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, se solicita emitir el Decreto de Alcaidía que modifi que el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Carabayllo, conforme se especifi ca; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 42 Y EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES. SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFIQUESE el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO conforme al Cuadro Anexo que forma parte del presente. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el presente Decreto en el en el Diario Ofi cial El Peruano u otro Diario de Circulación Local y el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Carabayllo Artículo Tercero.- DEROGUESE toda disposición que se oponga a lo establecido en el presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde GERENCIA DE DESARROLLO URBANO RURAL - SUBGERENCIA DE PROYECTOS Y OBRAS PUBLICAS ITEM DENOIMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL REQUISITOS DRECHO DE TRAMITACIÓN CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (En Dias Hábiles) INICIO DE PROCE- DIMIENTO AUTORIDAD COMPE- TENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS AUTO- MÁTICO EVALUACIÓN PREVIA NOMBRE Y DENOMINACIÓN FORMULARIO/ CÓDIGO/ UBICACIÓN (en % UIT Año 2011) 3600.00 (en S/)1/ POSITIVA NEGATIVA RECON- SIDERA- CIÓN APELA- CIÓN 7 AUTORIZACIÓN EN ÁREA DE USO PÚBLICO PARA INSTALACIÓN DOMICILIARIA DEL SERVICIO DE AGUA, DESAGUE, ENERGÍA ELÉCTRICA Y TELECOMU- NICACIONES Base Legal Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (27.05.03). Art. 79. Decreto Legislativo que establece medidas para propiciar la inversión en materia de servicios públicos y obras públicas de infraestructura, D. S. N° 004- 2012-EF 1 2 3 4 5 6 Solicitud simple dirigida al titular de la entidad. Planos de ubicación y planta detallando características físicas y técnicas. Memoria descriptiva. Permiso de interferencia vial GTU/MML, de ser el caso. Cronograma de avance de obra. Pago del derecho de trámite. Nota: Según lo establecido en el Artículo 4 del D. Leg. Nº 1014, no se podrán establecer montos mayores al 1% UIT vigente por concepto del derecho. 1.00% 36.00 X 05 Días Trámite Documen- tario Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural Gerencia Municipal MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Disponen regularización, registro y formalización de unidades vehiculares que prestan Servicio Público de Transporte Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y No Motorizados ORDENANZA Nº 0197-MDPP Puente Piedra, 20 de abril de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTOS: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2012-CTVM-MDPP de la Comisión Ordinaria de Transporte de Vehículos Menores sobre proyecto de Ordenanza que dispone la formalización del Servicio Público de Transporte Especial en Vehículos Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Puente Piedra, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 en el numeral 3.2. del Artículo 81º señala como función específi ca compartida de las municipalidades distritales 785363-1