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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de mayo de 2012 466165 Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos Mexicanos detallado a continuación, del 14 al 25 de mayo de 2012, para participar en las Reuniones del Ejercicio Multinacional UNITAS LIII Fase Pacífi co 2012, a cargo de la Marina de Guerra del Perú. 1. Capitán de Fragata CG DEM Ramón PAEZ Dominguez. 2. Capitán de Corbeta CG Juan Carlos SALAS Delgado. 3. Teniente de Corbeta CG Armando Irwin ALMAGUER Mireles. 4. Teniente de Corbeta CG Fernando ARANDA Sanchez. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 787737-2 ENERGIA Y MINAS Otorgan autorización a ELECTROPERÚ S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en instalaciones de futura central hidroeléctrica ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 203-2012-MEM/DM Lima, 27 de abril de 2012 VISTO: El Expediente Nº 33314012, organizado por EMPRESA ELECTRICIDAD DEL PERÚ S.A. - ELECTROPERÚ S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11009718 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para generación de energía eléctrica; CONSIDERANDO: Que, EMPRESA ELECTRICIDAD DEL PERÚ S.A. - ELECTROPERÚ S.A., mediante documento con registro Nº 2171023, de fecha 01 de marzo de 2012, ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Térmica Mollendo Electroperú, constituido por cuarenta (40) grupos eléctrógenos de emergencia, los cuales hacen potencia instalada total de 84 MW, ubicada en el distrito Mollendo, provincia de Islay y departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones establecidas en el Decreto de Urgencia Nº 037-2008, la Resolución Ministerial Nº 412-2008-MEM/DM, el Decreto de Urgencia Nº 049-2011, el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 67 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 092-2012- MEM/AAE del 04 de abril de 2012, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos aprobó el Plan de Manejo Ambiental (PMA) para la central térmica a que se refi ere la presente Resolución; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 143- 2012-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a EMPRESA ELECTRICIDAD DEL PERÚ S.A. - ELECTROPERÚ S.A., que se identifi cará con código Nº 33314012, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la futura Central Térmica Mollendo Electroperú, con una potencia instalada de 84 MW, y que se ubicará en el distrito Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa. Artículo 2º.- EMPRESA ELECTRICIDAD DEL PERÚ S.A. – ELECTROPERÚ S.A. estableció en su Cronograma de Ejecución de las Obras que la puesta en operación comercial de la Central Térmica Mollendo Electroperú será el 01 de mayo de 2012. La falta de ejecución de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecución conllevará a la cancelación de la presente autorización. Artículo 3º.- La titular está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 782850-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a Sky Lease I Inc. permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional no regular de carga RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 135-2012-MTC/12 Lima, 19 de abril del 2012 Vista la solicitud de SKY LEASE I INC., sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, con documento de Registro Nº 2011-044736 del 22 de Setiembre del 2011 y Nº 011922 del 27 de Enero del 2011, SKY LEASE I INC. requiere Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, por el plazo de cuatro (04) años;