TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de mayo de 2012 466167 Otorgan a OBGYN El Golf E.I.R.L. permiso de operación respecto de otras actividades aeronáuticas - aerodeportivo con ultraligeros RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 140-2012-MTC/12 Lima, 25 de abril del 2012 Vista la solicitud de la Compañía OBGYN EL GOLF E.I.R.L., sobre Permiso de Operación respecto de Otras Actividades Aeronáuticas – Aerodeportivo con Ultraligeros; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2012-015782 del 20 de marzo del 2012, la Compañía OBGYN EL GOLF E.I.R.L., solicita Permiso de Operación respecto de Otras Actividades Aeronáuticas – Aerodeportivo con Ultraligeros; Que, según los términos del Memorando N° 428-2012- MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando N° 140-2012-MTC/12.07. CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 107-2012-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 112-2012- MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Compañía OBGYN EL GOLF E.I.R.L., Permiso de Operación respecto de Otras Actividades Aeronáuticas – Aerodeportivo con Ultraligeros de acuerdo al inciso d) del Artículo 167º de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Otras Actividades Aeronáuticas – Aerodeportivo con Ultraligeros. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - EXCALIBUR Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la Compañía OBGYN EL GOLF E.I.R.L. deben adecuarse a lo señalado por las Regulaciones Aeronáuticas del Perú – RAP N° 103. Artículo 3º.- La Compañía OBGYN EL GOLF E.I.R.L. podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aeródromos privados, previa autorización de sus propietarios y explotadores. Artículo 4º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución. Artículo 5°.- Si la Administración verifi case la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 6º.- La Compañía OBGYN EL GOLF E.I.R.L. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 7º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú - Ley N° 27261 y su Reglamento, la Regulación Aeronáutica del Perú; y demás disposiciones legales vigentes, así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERMANO SOARES YOPLACK Director General de Aeronáutica Civil (e) 785811-1 Declaran que mediante concurso público se otorgarán las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en FM, en la localidad de Junín RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0501-2012-MTC/28 Lima, 8 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 0672-2012-MTC/28 se da cuenta que en la localidad de JUNÍN del departamento de Junín del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM), el número de solicitudes admitidas es de cuatro (04), lo cual es superior al de frecuencias disponibles que es de tres (03), razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de JUNÍN del departamento de Junín serán otorgadas mediante concurso público. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA A. CHIRINOS NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 787400-1 Autorizan a Auto Gas Ramos S.A.C. a operar como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1571-2012-MTC/15 Lima, 19 de abril de 2012