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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2012 466521 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el XVI Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna y Evaluación de Riesgos - CLAIN, el mismo que se llevará a cabo del 31 de mayo al 1 de junio de 2012, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. CONSIDERANDO: Que, el citado congreso especialmente dirigido a los representantes de bancos públicos, privados e instituciones supervisoras y reguladoras, tiene como principal objetivo estudiar las técnicas adecuadas para el desarrollo de la auditoría interna y los sistemas informáticos más efi cientes, aplicados a la evaluación del control interno en materia bancaria a fi n de realizar las recomendaciones respectivas a los bancos. Que, asimismo, en el indicado evento se desarrollarán y revisarán temas relacionados a la certifi cación de calidad de los procesos de auditoría interna, Basilea y la responsabilidad de auditoría interna, discusión y adopción de la normas NIIF’S, la gestión integral de riesgos, seguridad y criminalidad informática (COBIT 5), COSO, el nuevo proyecto actualizado para el año 2012, auditoría de servicios tercerizados de tecnología informática, gobierno corporativo, investigaciones de fraude interno en entidades fi nancieras, entre otros; Que, los temas a tratar en el citado curso serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión y procesos internos de la SBS en línea con las mejores prácticas internacionales, por lo que se ha considerado conveniente designar a la señorita María Lourdes Puma Gutierrez, Abogado Auditor Principal, del Departamento de Auditoría Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, Nº SBS- DIR-ADM-085-15; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita María Lourdes Puma Gutierrez, Abogado Auditor Principal, del Departamento de Auditoría Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 30 de mayo al 2 de junio de 2012, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 801.07 Viáticos US$ 600.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 790119-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ORDENANZA REGIONAL N° 000018 Callao, 17 de mayo del 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 17 de mayo del 2012. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículo 32º establece que la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, la Ley N° 29298, Ley que modifi ca la Ley N° 28056 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, defi nen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, indican que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado- Sociedad Civil y, que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación