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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de mayo de 2012 466522 y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”, con la fi nalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo; Que, mediante Memorando Nº 1149-2012-GRC/ GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial recomienda aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 1027-2012-GRC/GAJ, considera que es viable y procedente su aprobación, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013 DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO BASADO EN RESULTADOS Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2013, el cual consta de trece capítulos, veintiséis artículos y cuatro Disposiciones Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, cuyo texto se publica en el Portal Institucional www.regioncallao.gob. pe Artículo 2º.- Encárguese a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional y el reglamento precitado en el artículo anterior, en el portal institucional www.regioncallao.gob.pe así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe; el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe ; y en el Portal del Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la adopción de las acciones pertinentes a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 790171-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Proclaman Alcalde y Regidores del Centro Poblado de Santa María de Huachipa para el período 2012 - 2016 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 131 19 de abril de 2012 VISTO: El Dictamen Nº 031-2012-MML/CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales de la Municipalidad Metropolitana de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, Ley Nº 28440, se estableció el proceso de la elección democrática de Alcaldes y Regidores de las municipalidades de centros poblados, de acuerdo a lo previsto en el artículo 132º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 28440, señala que el Alcalde Provincial convoca a elecciones con ciento veinte (120) días naturales de anticipación al acto del sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones, bajo responsabilidad; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 404 de fecha 28 de octubre de 2011, se convocó a elecciones municipales en el Centro Poblado de Santa María de Huachipa, jurisdicción de la provincia de Lima para el período 2012 - 2016 a llevarse a cabo el 25 de marzo de 2012, en el horario de 08:00 a.m. a 04:00 p.m.; Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 1565 publicada en el diario ofi cial El Peruano el 25 de noviembre de 2011 se aprobó el Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales del Centro Poblado de Santa María de Huachipa; Que, según el artículo 38º de la Ordenanza Nº 1565, la Lista que logre la mayor votación será declarada ganadora, alcanzando el derecho de colocar al alcalde y cuatro (4) de los cinco (5) regidores, las listas que queden en minoría, ocuparán una (1) regiduría, debiendo ser distribuidas mediante la cifra repartidora; Que, mediante Resolución Nº 0016-2012-CECPSMH de fecha 14 de abril de 2012, el Comité Electoral remite los resultados ofi ciales del cómputo de los comicios realizados el día 25 de marzo de 2012 indicando lo siguiente: Alcalde : Partido Popular Cristiano – Unidad Nacional (Primer Lugar) Miguel Ángel Málaga Cuadros Regidores : Partido Popular Cristiano – Unidad Nacional í Richard Walter Vidal Tejeda í William López Vega í Antonia Lucía Enríquez Ramos í Carmela Alicia Tapia de la Cruz Regidor : Movimiento Independiente Unión y Progreso para Huachipa (Segundo Lugar) í Félix Erasmo Porras Laureano Que, el artículo 131º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el Alcalde y los Regidores de las municipalidades de centros poblados son proclamados por el alcalde provincial, ratifi cando el resultado de las elecciones convocadas para tal fi n; Que, el artículo 41º de la Ordenanza Nº 1565, señala que el Alcalde Metropolitano proclama al Alcalde del Centro Poblado y a su Lista de Regidores, comunicando el cuadro de autoridades electas al Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, previo Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 6) del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y al Dictamen Nº 031-2012-MML/CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales de la Municipalidad Metropolitana de Lima; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Proclamar al Alcalde y la lista de Regidores del Centro Poblado de Santa María de Huachipa para el periodo 2012 - 2016 en el siguiente orden: Alcalde: Miguel Ángel Málaga Cuadros Regidor 1: Richard Walter Vidal Tejeda Regidor 2:William López Vega Regidor 3: Antonia Lucía Enríquez Ramos Regidor 4: Carmela Alicia Tapia De La Cruz Regidor 5:Félix Erasmo Porras Laureano