Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2012 (19/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Quinto.- Convertir la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Pasco, en MORDAZA Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Pasco. Articulo Sexto.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Pasco, en Primera Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Pasco. Articulo Setimo.- Disponer que la MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Pasco, conozcan los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Octavo.- Convertir la Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Pasco, en Primera y MORDAZA Fiscalia Provincial Civil y Familia de Pasco, las mismas que conoceran los casos en materia civil y familia. Articulo Noveno.- Disponer que la Fiscalia Provincial Mixta de Huayllay ­ Pasco, conozca las causas en materia civil y familia, adicionalmente de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo.- Disponer que la Fiscalia Provincial Mixta de Paucartambo ­ Pasco, conozca las causas en materia civil y familia, adicionalmente de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Undecimo.- Disponer que la Fiscalia Provincial Mixta de Huariaca ­ Pasco, conozca las causas en materia civil y familia, adicionalmente de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Segundo.- Disponer que la Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conozca los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja de los casos en liquidacion y adecuacion, asi como los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal, adicionalmente, conocera las causas en materia civil y familia. Articulo Decimo Tercero.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la misma que conocera los casos en materia civil y familia. Articulo Decimo Cuarto.- Disponer que la Primera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conozca los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo caso pasaran a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Quinto.- Disponer que la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conozca los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Sexto.- Disponer que la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA de Tusi ­ MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conozca las causas en materia civil y familia, adicionalmente de los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Setimo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Ministro de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Pasco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y a la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 790536-4 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1201-2012-MP-FN MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2012 VISTOS: El Informe Nº 019-2012-MP-FN-ETI-NCPP/ST de fecha 10 de MORDAZA del 2012, elaborado por la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y la opinion del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial

de MORDAZA, relacionado con la conversion de la actual estructura organizacional fiscal del Distrito Judicial de MORDAZA, en Fiscalias Superiores Penales de Liquidacion y Apelaciones y Fiscalias Provinciales Penales Corporativas, las mismas que conoceran los procesos en estado de liquidacion y adecuacion de los casos iniciados con el Codigo de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaran con el Codigo Procesal Penal a partir del 01 de Junio del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957, se aprobo el Codigo Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias, que entrara en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales segun el Calendario Oficial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus articulos 16º, 17º y 18º, regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad de la mencionada MORDAZA procesal, asi como la adecuacion de denuncias y liquidacion de procesos en etapa de investigacion; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobo la actualizacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 0016-2007JUS, se modifico el Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, el que a su vez fue modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS, especificandose en dicha MORDAZA, que la implementacion del mencionado Codigo, entrara en vigencia en el Distrito Judicial de MORDAZA, el 01 de junio de 2011; por lo que se hace necesario convertir y delimitar las competencias de los despachos Fiscales a la nueva estructura aprobada mediante Acuerdo Nº 457 de la Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 958; Que, mediante Resolucion Nº 062-2012-MP-FN-JFS de fecha 17 de MORDAZA del 2012, segun Acuerdo Nº 2747 adoptado por unanimidad en sesion de Junta de Fiscales Supremos de fecha 15 de MORDAZA, continuada los dias 16 y 17 de MORDAZA del 2012, se crearon Fiscalias Provinciales para ser implementadas en el Distrito Judicial de MORDAZA, ante la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que la Primera y MORDAZA Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, conozcan los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja de los casos en liquidacion y adecuacion. Articulo Segundo.- Disponer que la Tercera y Cuarta Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, conozcan los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Tercero.- Convertir la Primera, MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, la misma que conocera los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Cuarto.- Convertir la Cuarta y MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, en MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, la misma que conocera los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Quinto.- Disponer que la Tercera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, conozca los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo caso pasara a conocer las causas que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Sexto.- Disponer que la Cuarta, MORDAZA y Sexta Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, conozca los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Setimo.- Disponer que la Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, conozca los casos que se inician con el MORDAZA Codigo Procesal Penal.

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