Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2012 (22/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de MORDAZA de 2012

PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Decreto Supremo que declara de interes nacional la Cadena Productiva del Algodon Cultivado en el Peru
DECRETO SUPREMO Nº 009-2012-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, las actividades economicas referidas al algodon generan una cadena productiva que comprende el cultivo y preparacion de la fibra de algodon, los procesos industriales textiles, como el hilado, el tejido y la confeccion, y la comercializacion nacional y de exportacion de dicho producto y sus derivados; Que, uno de los objetivos estrategicos del Plan Nacional de Competitividad, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2005-PCM, consiste en fortalecer las MORDAZA productivas y conglomerados para promover el desarrollo regional y local, articulando politicas de desarrollo de MORDAZA productivas y conglomerados, estableciendo mecanismos para la identificacion y evaluacion continua de las MORDAZA productivas y conglomerados con potencial desarrollo; promoviendo la institucionalidad de los agentes publicos y privados orientados a desarrollar MORDAZA productivas promoviendo la cooperacion al interior de las MORDAZA productivas. e impulsando la vinculacion con MORDAZA globales de valor y con el MORDAZA, que favorezcan el aprendizaje dinamico, la transferencia de innovaciones tecnologicas y organizacionales y la modernizacion de productos, procesos y funciones de las empresas; Que, en razon de ello y considerando el impacto que tiene la Cadena Productiva del Algodon en la economia

nacional como generadora de ingresos y empleo que van desde el MORDAZA hasta los mercados internacionales, resulta necesario declarar de interes nacional a dicha cadena productiva, a fin de fortalecer e impulsar su desarrollo en el MORDAZA del objetivo estrategico anotado precedentemente, y resaltar y promover su importancia en aras del interes nacional; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1.- Declaracion de interes nacional a la Cadena Productiva del Algodon Cultivado en el Peru. Declarar de interes nacional la Cadena Productiva del Algodon Cultivado en el Peru, la que comprende el cultivo y preparacion de la fibra de algodon, los procesos industriales textiles, como el hilado, el tejido y la confeccion a partir de la fibra de algodon, la comercializacion nacional e internacional. Articulo 2º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura, de la Produccion, y de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 791833-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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