Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2012 (22/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de mayo de 2012 466667 Peruana de Facultades de Medicina-ASPEFAM, a partir del 25 de julio de 2011; Que, mediante ofi cios de visto el Rector de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista, informó que aprobaron la apertura de la Carrera Profesional de Medicina Humana en sus fi liales de Chincha e Ica, las cuales fueron aprobadas mediante Resoluciones Nº 033- 2012-R-AUPJB, en la fi lial de Ica, y Nº 034-2012-R-AUPJB en la fi lial de Chincha; Que, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, informa que ambos proyectos han sido elaborados cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; además en cada proyecto desarrolla la justifi cación y fundamentación del proyecto, la visión, misión y objetivos; los requisitos de ingreso; el perfi l del egresado; el plan de estudios en catorce ciclos, cubriendo los estudios con un total de trescientos quince créditos, también presenta la malla curricular y las sumillas de las asignaturas, el sistema de evaluación de los estudiantes, el desarrollo de las practicas pre profesionales e internado médico, así como los requisitos y proceso de graduación y titulación; Que, también esta Dirección informa que en cuanto a la infraestructura y equipamiento de ambientes y equipos de los diferentes laboratorios y que en cuanto a la coordinación y plana docente en ambas sedes, presenta a dichas autoridades y profesores, con su hoja de vida, que cumplen los requisitos establecidos en cuanto al grado y especialidad. Con relación al desarrollo de las prácticas e internado médico mediante Ofi cio Nº 058-2012-R-UPSJB presentan cinco convenios, tres con hospitales y dos con centros de salud, cubriendo esta exigencia para la etapa inicial, por lo que la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación opina por la aprobación del registro de esta carrera en la Asamblea Nacional de Rectores y que se sujeten a las normas de acreditación que oportunamente les corresponde por Ley; Que, por informe de vistos, la Dirección General de Asesoría Jurídica concluye que la implementación de esta carrera en las fi liales de Chincha e Ica, que ya han sido materia de aprobación por ambas instancias del Directorio de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista se encuentran dentro del marco de autonomía consagrada por el artículo 18º de la Constitución y conforme a la Ley Universitaria Nº 23733; Que mediante memorando Nº 483-2012-SE, el Secretario Ejecutivo dispone emitir la resolución correspondiente sobre el funcionamiento de la carrera de Medicina Humana en las fi liales de Chincha e Ica de la universidad Asociación Universidad Privada San Juan Bautista; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista ha cumplido con los requisitos mínimos establecidos por los artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria 23733, para el funcionamiento de la Carrera Profesional de Medicina Humana en las fi liales de Chincha e Ica. Artículo 2º.- Disponer la aprobación en el registro correspondiente de la Asamblea Nacional de Rectores, así como la transcripción de la presente Resolución a las Áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 790738-1 Declaran que la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista ha cumplido con los requisitos mínimos de la Ley Universitaria para funcionamiento de la Escuela Profesional de Ingeniería de Computación y Sistemas en filiales de Ica y Chincha COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0561-2012-ANR Lima, 17 de mayo de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los Ofi cios Nº 008, 009, 025 y 026-2012-R- AUPSJB, de fecha 01 de febrero y 13 de marzo de 2012 respectivamente, Informe Nº 155-2012-DGDAC, de fecha 17 de mayo de 2012, el memorándum Nº 487-2012-SE, de fecha 17 de mayo de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, en mérito de lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733, uno de los fi nes de la Asamblea Nacional de Rectores es la coordinación y orientación general de las actividades universitarias del país, en la que está comprendida la coordinación sobre las unidades académicas, así como su funcionamiento, establecida en la Ley Universitaria Nº 23733, de cada universidad, en uso de su autonomía; Que la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista inició su funcionamiento por Resolución Nº 224- 97-CONAFU de fecha 19 de marzo de 1997, entre otras, con la Escuela Profesional de Ingeniería de Computación y Sistemas, con sede en Lima; Que, mediante Resolución Nº 702-2004-ANR, de fecha 23 de diciembre de 2004, se autoriza el funcionamiento de la Filial Ica y mediante Resolución Nº 030-2006-CONAFU, de fecha 13 de febrero de 2006, se autoriza el funcionamiento de la Filial Chincha, de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista; Que, la Escuela Profesional de Ingeniería de Computación y Sistemas fue aprobada mediante Resolución Nº 224-97-CONAFU autorizando su funcionamiento en la sede de Lima; Que, mediante ofi cios de vistos el Rector de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista, informó que aprobaron la apertura de la Escuela Profesional de Ingeniería de Computación y Sistemas en sus fi liales de Ica y Chincha, mediante Resoluciones Nº 039-2012-R- AUPJB en la fi lial de Ica y Nº 040-2012-R-AUPJB, en la fi lial de Chincha; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación informa que ambos proyectos han sido elaborados cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos 23º, 24º y los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; además en cada proyecto desarrolla la justifi cación y fundamentación del proyecto; los requisitos de ingreso; el perfi l del egresado; el plan de estudios en diez ciclos, también presenta la malla curricular y las sumillas de las asignaturas, el sistema de evaluación de los estudiantes, el desarrollo de las prácticas preprofesionales, así como los requisitos y proceso de graduación y titulación; Que, esta Dirección también informa que en cuanto a la infraestructura y equipamiento de ambientes y equipos de los diferentes laboratorios y que en cuanto a la coordinación y plana docente en ambas sedes, así como respecto a docentes y autoridades, con su hoja de vida, que cumplen los requisitos establecidos en cuanto al grado y especialidad, por lo que la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación opina por la aprobación del registro de esta carrera en la Asamblea Nacional de Rectores; Que mediante memorando Nº 487-2012-SE, el Secretario Ejecutivo dispone emitir la resolución correspondiente sobre el funcionamiento de la Escuela