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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2012 (26/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2012 466974 propuesta de Declarar en Situación de Emergencia a los distritos que superen el 50% de desnutrición crónica infantil, para tal efecto adjunta el informe sustentatorio y el proyecto de Ordenanza Regional, el cual es remitido a la Comisión de Salud del Consejo Regional para el Dictamen correspondiente, iniciativa regional que acompaña el Informe Nº 033-2011-GRA/GG-GRDS-JAA emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social señala que de acuerdo a lo establecido por el Plan Estratégico Institucional 2011-2014 del Gobierno Regional de Ayacucho, se tiene como intervenciones prioritarias los temas relacionados a la lucha contra la desnutrición infantil, la pobreza y la exclusión social; Que, la Opinión Legal Nº 609-2011-GRA/ORAJ- UAA-ECN, efectuó la evaluación y califi cación legal del Proyecto de Ordenanza materia de dictamen, el cual contiene el parámetro legal en los actuados, que sustenta y/o justifi ca la materialización del proyecto sub materia, conforme a su competencia pronunciarse técnicamente referidos a temas que los convoca. Es de precisar, que la presente iniciativa concuerda con la Constitución Política del Estado, que en el artículo 1º establece que la defensa humana y el respeto de su dignidad es el fi n supremo de la sociedad y el Estado, así como el artículo 4º de la acotada norma prevé que la comunidad y el estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. Efectivamente la región Ayacucho se caracteriza por tener porcentajes signifi cativos de personas en condición de pobreza y extrema pobreza alcanzando una mayor incidencia en las zonas rurales y urbano marginales, como en el presente caso se manifi esta en mayor grado en las zonas identifi cadas en el proyecto de Ordenanza Regional, todo ello es a razón de que éstos ciudadanos son afectados en el ejercicio pleno de sus derechos fundamentales como son: acceso a la salud, a la alimentación, a la educación, a la identidad, a un medio ambiente saludable, siendo importante que el presente proyecto se implemente y/o examine adecuadamente a nivel de todas las provincias de la Región y no sólo de tres provincias. Por lo que la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica Opina expedito el proyecto de Ordenanza Regional para su discusión y aprobación; asimismo Mediante Ofi cio Nº 017-2012-GRA/CR-HTA- RGV, el señor Consejero Regional de Ayacucho por la provincia de Huanta, Dr. Rosauro Gamboa Ventura solicita al Consejo Regional incluir a los Centro Poblados de: Huaychao, Uchuraccay, Culluchaca y Huaynacancha del distrito de Huanta y distrito de Ayahuanco, en el proyecto de ordenanza regional por tener tasas de desnutrición crónica mayores al 50%, por lo que se someterá al pleno del Consejo para su debate y aprobación; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y b) del numeral 1) del Artículo 10º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales planifi car el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo; y en concertación con las Municipalidades y la Sociedad Civil de su Región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece, que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el desarrollo Humano es un proceso mediante el cual se amplían las oportunidades de los individuos, las más importantes son; disfrutar de una vida prolongada, y saludable, adquirir conocimientos y tener acceso a los recursos necesarios para lograr un nivel de vida decente. La manera de relacionar los medios de desarrollo (riqueza) con el bienestar humano debe ser aspecto central de análisis para el planeamiento del desarrollo de una región; Existe sufi ciente evidencia de la desnutrición es un problema multicausal que amerita un abordaje multisectorial, es por ello que dentro del Plan Nacional para la Superación de la Pobreza, se plantea en unos de sus ejes, asegurar el capital humano y social de grupos en situación de riesgo y vulnerabilidad social. Esto implica trabajar bajo un enfoque de reorientación del gasto público según criterios de efi ciencia, productividad y calidad de gasto; El Consejo Regional Ayacucho, mediante la Ordenanza Regional Nº 027- 2008- GRA /CR Declara de prioridad y necesidad pública la Construcción de la Línea Base de la Desnutrición Crónica y sus determinantes en los 111 distritos de la región Ayacucho. En cumplimiento a dicha Ordenanza se ha implementado la política regional para el logro del desarrollo humano, la Estrategia Regional de Lucha Contra la Pobreza, el Hambre, la exclusión social, y la Lucha contra la Desnutrición Infantil, que es la Estrategia CRECER WARI, lo cual fue conducido por los actores que conforman el Consejo Regional de Lucha Contra la Pobreza; Que, estando enmarcado la propuesta de implementación de la Línea de Base en la Estrategia Regional CRECER WARI aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 032-2007-GRA/CR como Política de Estado para el fomento del Desarrollo Integral de las Familias y Comunidades en la Región Ayacucho garantizando los medios de protección social a la madre y el niño y, su inclusión a los sistemas de producción local; Que, estando constituido el “Consejo Regional de Lucha contra la Pobreza y la Desnutrición Infantil”, aprobada por la Ordenanza Regional Nº 33-2007-GRA/CR, y ampliada en cuanto a su conformación con la inclusión de los representantes de los sectores productivos dispuesto por Ordenanza Regional Nº 026-2008-GRA/CR y Ordenanza Regional Nº 019-2011-GRA/CR; Que, en el marco del III Encuentro Nacional de Presidentes Regionales, llevada a cabo en la ciudad de Lima el día 4 de febrero del 2011, el Gobierno Regional de Ayacucho suscribió el Acta de Compromiso para reducir en 12% la prevalencia de la desnutrición crónica infantil en menores de 03 años de edad al año 2014 en la Región Ayacucho, Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DISPONER, al Gobierno Regional de Ayacucho el trato prioritario a los Distritos que superen el 50% de Desnutrición Crónica Infantil, siendo parte de la Línea Estratégica de la Política Regional la reducción de la tasa por debajo del referido indicador: PROVINCIA DISTRITOS DESNUT. CRÓNICA % SUCRE San Salvador de Quije, Morcolla 66.3 54,1 HUANCASANCOS Carapo 58,7 HUAMANGA Carmen alto 62,5 FAJARDO Asquipata Huancaraylla 65,8 51,5 LUCANAS San Cristóbal 52,8 PARINACOCHAS Coronel Castañeda Opahaucho 58,7 50.7 CANGALLO Chuschi 60,8 PAUCAR DE SARA SARA Oyolo 50 LA MAR Chilcas 50 HUANTA Huanta: Centros Poblados de: Huaychao, Uchuraccay, Culluchaca, Huaynacancha y Ayahuanco 81 75 70 63 75 Ayahuanco 70 Artículo Segundo.- ORDENAR, que las inversiones de los sectores públicos y ONGs se prioricen en el marco de la Estrategia de la Lucha contra la Pobreza y Desnutrición Crónica Infantil, con la fi nalidad de dar mayor atención a los programas y proyectos que operan en los distritos mencionados.