Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2012 (26/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2012

Articulo Unico.- Autorizar al Banco de la Nacion la apertura de once (11) Oficinas Especiales, segun el detalle del Anexo Adjunto a esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Banca Anexo a la Resolucion SBS Nº 2844-2012
Nº OFICINA ESPECIAL DIRECCION MORDAZA Ucayali S/N, Cuadra 6 Esquina Avenida San MORDAZA con Pasaje Teatro Prolongacion Huamantanga N° 850 MORDAZA Blondel S/N DISTRITO Yurimaguas Espinar MORDAZA Tacna PROVINCIA Alto Amazonas Espinar MORDAZA Tacna Tacna MORDAZA MORDAZA DEPARTAMENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tacna Tacna MORDAZA Pasco MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1 ACLAS Aguamiro 2 Espinar 3 4 Hospital General de MORDAZA Hospital MORDAZA Unanue

5 MTC Tacna 6

Avenida Saucini N° 140 Tacna

Municipalidad de Avenida Alameda Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA N° 525

Municipalidad de 7 MORDAZA MORDAZA S/N Pasco 8 RENIEC MORDAZA San MORDAZA 9 MORDAZA Avenida El Sol S/N Prolongacion Avenida de La Cultura

Chaupimarca Pasco MORDAZA MORDAZA

San MORDAZA MORDAZA Chimbote MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA

Avenida Bolognesi y 10 SUNAT Chimbote MORDAZA 11 UGEL MORDAZA MORDAZA Progreso N° 462

793386-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Validan acuerdos y aprueban Estatutos de la Mancomunidad Regional Amazonas - San MORDAZA - La MORDAZA - MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 306 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902 prescribe: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley Organica, regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y

desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es mision de los Gobiernos Regionales, organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; Que, la Ley Nº 29768 ­ Ley de la Mancomunidad Regional, establece el MORDAZA legal de la Mancomunidad Regional como un mecanismo de coordinacion entre gobiernos regionales, previsto en el articulo 190º de la Constitucion Politica del Peru, que contribuye a mejorar la eficacia y eficiencia en el ejercicio de las competencias constitucionales establecidas en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; siendo necesario precisar que la Mancomunidad Regional es el acuerdo voluntario de dos o mas gobiernos regionales que se unen para la prestacion conjunta de servicios publicos, cofinanciamiento o inversion en la ejecucion de obras que promuevan la integracion, el desarrollo regional y la participacion de la sociedad, coadyuvando al MORDAZA de regionalizacion; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 298-2011GRA/CR, de fecha 14 de noviembre del 2011, el Gobierno Regional de Amazonas aprobo la Constitucion de la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA ­ MORDAZA, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29768, Ley de la Mancomunidad Regional; asimismo se autorizo al Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, la suscripcion del Acta de Constitucion de la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­La MORDAZA ­ Cajamarca; se preciso en el mismo cuerpo normativo que el Ejecutivo Regional debera adoptar las previsiones del caso, a fin de dotar de los recursos necesarios para la operacion y funcionamiento de la Mancomunidad Regional; Que, el Articulo 6° de la Ley N° 29768, Ley de la Mancomunidad Regional, promulgada el 26 de MORDAZA del 2011, establece los "... procedimientos para la constitucion de mancomunidades regionales: 1) La voluntad de constituir una mancomunidad regional expresada en la ordenanza regional de cada gobierno regional interviniente; la que debe ser aprobada en sesion ordinaria por el Consejo Regional respectivo y previamente debe estar sustentada con los informes tecnicos que otorguen viabilidad a su creacion; y que se encuentre dentro del MORDAZA de planificacion de mediano y largo plazo; 2) La publicacion del Acta de Creacion de la Mancomunidad Regional suscrita por los Presidentes Regionales de los Gobiernos Regionales integrantes, es el acto constitutivo que otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad regional. El Acta de Mancomunidad Regional sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y difundida en los medios de comunicacion masiva de las jurisdicciones que la conforman. La Presidencia del Consejo de Ministros lleva un registro de las mancomunidades creadas...."; Que, la Mesa Directiva de la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA ­ MORDAZA, convoco a la VI Asamblea de la Mancomunidad Regional, para la suscripcion del Acta de Constitucion de la Primera Mancomunidad Regional del MORDAZA integrada por los Gobiernos Regionales de Amazonas, San MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA, acto que se realizo los dias 3 y 4 de diciembre del presente ano en la MORDAZA de MORDAZA, Region de la Libertad; Que, entre los Acuerdos que se aprobaron en la mencionada Asamblea, figuran el de aprobar mediante Ordenanza Regional, por cada Gobierno Regional integrante de la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA ­Cajamarca, los Estatutos de la Mancomunidad Regional, por constituir un instrumento que va a estructurar su funcionamiento como tal; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificado por la Ley Nº 29053, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional;

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