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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2012 466970 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban Directivas “Registro del trámite y entrega de DNI en Oficinas Consulares” y “Envío y recepción de documentación entre las Oficinas Consulares y el RENIEC a través del servicio de mensajería internacional” RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 027-2012/SGEN/RENIEC Lima, 25 de mayo de 2012 VISTOS: El Memorando N° 000119-2012/GOR/RENIEC (03MAY2012) emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales; los Memorandos N° 000055 y 000165- 2012/GPP/RENIEC (03MAY2012 y 15MAY2012, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; los Informes N° 000117 y 000127- 2012/GPP/SGR/RENIEC (03MAY2012 y 15MAY2012, respectivamente), emitidos por la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y el Informe N° 000934-2012/GAJ/RENIEC (18MAY2012) emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 28° de la Ley N° 26497 Orgánica del RENIEC, el Documento Nacional de Identidad (DNI) será impreso y procesado con materiales y técnicas que le otorguen condiciones de máxima seguridad, inalterabilidad, calidad e intransferibilidad de sus datos, sin perjuicio de una mayor efi cacia y agilidad en su expedición; Que, la Ley N° 28716 “Ley de Control Interno de las Entidades del Estado”, tiene por fi nalidad que las entidades del Estado incorporen obligatoriamente sistemas de control interno en sus procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales; Que, las diversas unidades orgánicas del RENIEC, en su constante compromiso de mejoramiento, vienen revisando su normativa a efectos de solicitar la aprobación de nuevos documentos de gestión o en otros casos, estos se dejen sin efecto, con la fi nalidad de mejorar y optimizar las labores de cada una de ellas; Que, mediante Resolución Jefatural N° 131-2012/ JNAC/RENIEC (25MAY2012) se ha dejado sin efecto la Guía de Procedimientos GP-243-GOR/003 “Envío y Recepción de documentación entre las Ofi cinas Consulares y el RENIEC”, primera versión, aprobada por Resolución Jefatural N° 153-2009-JNAC/RENIEC (19MAR2009); Que, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, solicita la aprobación de las Directivas DI-316-GOR/010 “Registro del trámite y entrega de DNI en Ofi cinas Consulares”, primera versión y DI-317-GOR/011 “Envío y recepción de documentación entre las Ofi cinas Consulares y el RENIEC a través del servicio de mensajería internacional”, primera versión, a fi n de establecer los lineamientos para los diferentes trámites que se realizan para la obtención y/o actualización del Documento Nacional de Identidad desde las Ofi cinas Consulares, así como las acciones a seguir para ejecutar el correcto envío y recepción de la correspondencia entre las Ofi cinas Consulares y el RENIEC, a través del servicio de mensajería internacional; Que, la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante documentos de vistos, precisa que los documentos normativos señalados precedentemente, propuestos por la Gerencia de Operaciones Registrales, han sido elaborados teniendo en cuenta lo establecido en la Directiva DI-200-GPP/001 “Lineamientos para la Formulación de los Documentos Normativos del RENIEC”, cuarta versión”, aprobada mediante Resolución Secretarial Nº 05-2012/SGEN/RENIEC (29FEB2012); Que, asimismo, la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto a través de los documentos de vistos, ha emitido su opinión favorable respecto de los documentos normativos alcanzados; Que es necesario hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Secretarial; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las facultades conferidas a la Secretaría General del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, mediante Resolución Jefatural N° 018-2012-JNAC/RENIEC (24ENE2012); a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, Ley N° 26497; así como con los artículos 15° y 16° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 855- 2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las Directivas DI-316- GOR/010 “Registro del trámite y entrega de DNI en Ofi cinas Consulares”, primera versión y DI-317-GOR/011 “Envío y recepción de documentación entre las Ofi cinas Consulares y el RENIEC a través del servicio de mensajería internacional”, primera versión, propuestas por la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la difusión de los documentos normativos aprobados. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Secretaria General 793657-1 Aprueban Directiva “Procedimiento Extraordinario para la Evaluación y Regularización de las Actas Registrales de Reserva enviadas por las Oficinas de Registros del Estado Civil y Oficinas Registrales Consulares”, Primera Versión RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 028-2012/SGEN/RENIEC Lima, 25 de Mayo de 2012 VISTOS: El Ofi cio N° 000501-2012/GRC/RENIEC (20ABR2012), emitido por la Gerencia de Registros Civiles; el Memorando N° 000228-2012/GPP/RENIEC (22MAY2012), emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 000131-2012/GPP/SGR/RENIEC (22MAY2012), emitido por la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto y el Informe N° 000965- 2012/GAJ/RENIEC (23MAY2012) emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, la Ley N° 28716 “Ley de Control Interno de las Entidades del Estado”, tiene por fi nalidad que las entidades