Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2012 (30/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2012

de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, correspondiendo dicho atribucion al Concejo Municipal, conforme al numeral 8 del Articulo 9º de la referida Ley. Que, asimismo el Articulo 74 de la citada Ley, prescribe que las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion y de fiscalizacion y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralizacion. Estando las atribuciones contenidas en el numeral 8) del Articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, contando con el MORDAZA UNAMINE de los senores regidores se aprobo la siguiente:

aprobadas por esta Municipalidad, que se acojan a este beneficio estan exentos del pago de multas por construccion sin licencia, y las multas que esten pendientes de pago por este concepto quedaran sin efecto, inclusive las que se encuentren en cobranza coactiva o convenio de fraccionamiento, excepto lo correspondiente a la liquidacion de las costas procesales si las hubiere. Articulo 5º.- REQUISITOS Las solicitudes para los Procedimiento senalados en la presente Ordenanza se presentaran conforme a los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­TUPA vigente, a excepcion de los requisitos establecidos en la Ley 29566. Sin embargo teniendo en cuenta que la elaboracion de planos amerita, un tiempo considerable, excepcionalmente para acogerse a la presente ordenanza podran presentar inicialmente lo siguiente: · Formulario Unico de Edificaciones (FUE) por triplicado, con las hojas visadas por el responsable de la obra y el propietario. · Formulario Unico de Edificaciones - Autoliquidacion (FUE ­ Anexo D) por triplicado, con las hojas visadas por el responsable de la obra y el propietario. · MORDAZA Fedateada del documento que acredite la transferencia del predio, para el cabo los inmuebles ubicados dentro de una MORDAZA que cuenta con Habilitacion MORDAZA aprobada por esta Entidad. · El pago por derecho de tramite y/o liquidacion que corresponda. · El plazo para anexar los requisitos faltantes sera dentro de los 60 dias siguientes a la MORDAZA de su solicitud de tramite de regularizacion

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS POR REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE EDIFICACION
Articulo 1º.- DE LOS ALCANCES Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Ordenanza de Beneficio por Regularizacion de Licencia de Edificacion, los propietarios que hayan construido MORDAZA, modificado y remodelado hasta el 31.12.2011, sin la correspondiente Licencia de Edificacion y/o que no cuenten con Declaratoria de Fabrica, siempre que hayan respetado las normas del Reglamento Nacional de Edificaciones, y los Parametros Urbanisticos y Edificatorios correspondiente a; Zonificacion, Retiro Municipal, Area Libre, Altura de Edificacion, Estacionamiento Vehicular; debidamente verificados por el profesional responsable; haciendo extensiva la presente para aquellas personas naturales o juridicas cuyos predios se encuentren dentro de una MORDAZA que tenga habilitacion MORDAZA aprobada por esta Municipalidad. Articulo 2º.- DE LOS BENEFICIOS Establezcase en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA, para el caso de edificaciones unifamiliares y multifamiliares que se encuentren contemplados dentro del Articulo Primero de la presente Ordenanza: a) Exoneracion del pago de la multa establecida en la Ley 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. b) Descuento del 30% de los derechos que se cancelan por Regularizacion sin Licencia, a los propietarios de predios que hayan obtenido el saneamiento fisico legal por la COFOPRI. c) Anulacion de las multas administrativas por construir o efectuar obras sin licencia, asi como las demas referidas a las construcciones ejecutadas, impuestas a los propietarios de las edificaciones que logren regularizar su situacion al MORDAZA de lo dispuesto en los literales a) y b) del presente articulo. d) Dentro de los parametros a regir para el caso de regularizacion no se consideraran la densidad ni el coeficiente de edificacion siempre y cuando cuente con ventilacion e iluminacion adecuada, la que sera determinada por el area tecnica de la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas y por la Comision Tecnica en las modalidades que corresponda. e) Se considerara un area libre minima de 15% para el caso de predios ubicados en zonificacion RDM y la disminucion del 10% del area libre que le corresponde a las demas zonificaciones segun lo senalado en los MORDAZA normativos establecidos en las Ordenanzas 1117-MML y 1146-MML. f) Descuento del 50% de los derechos que se cancelan por Certificado de Finalizacion de Obra y Declaratoria de Fabrica para los predios formalizados mediante la presente Ordenanza. No estaran afecto a lo establecido en los literales d) y e) las Unidades Comerciales e Industriales. Articulo 3º.- VIGENCIA El plazo para acogerse al beneficio de Regularizacion de Licencia de Obra, es de 60 dias calendarios, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- BENEFICIOS Los propietarios y Personas Naturales o Juridicas de predios ubicados en zonas con Habilitacion MORDAZA

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Facultese al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza, asi como tambien establecer la prorroga de la misma. Segunda.- Apliquese supletoriamente en todo lo no previsto en la presente Ordenanza, lo senalado en las Leyes 27157 "Ley de Regularizacion de Edificaciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun, Ley Nº 29090 "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones" y 29476 y sus Reglamentos. Tercera.- Condonar el 100% de la Multa Tributaria por omision a la MORDAZA de la declaracion Jurada por aumento de valor, para los propietarios y personas detalladas en el alcance de la presente ordenanza, que voluntariamente declaren y/o actualicen los datos de construccion de su predio luego de la regularizacion de su licencia de edificacion como consecuencia del presente beneficio. Cuarta.- La Gerencia de Desarrollo MORDAZA queda encargada del estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y la Gerencia de Imagen Institucional conjuntamente con la Subgerencia de Participacion Vecinal de su promocion y difusion. Quinta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

793775-2

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Establecen nuevos MORDAZA y conformacion de Comisiones Permanentes de Regidores
ORDENANZA Nº 218-2012-MDPH
Punta MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2012

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