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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2012 (30/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 101

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de mayo de 2012 467219 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta presentada por el señor Alcalde, para la aprobación del cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores y el Cuadro de sus integrantes para el año fi scal 2012. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, y el artículo 2 del título preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de los límites establecidos por la ley. Que, de conformidad con el numeral 15 del artículo 09 de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal constituir Comisiones Ordinarias y Especiales conforme a su reglamento; Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 5 del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica que es atribución y obligación del Concejo Municipal, Integrar, Concurrir y Participar en las sesiones de Comisiones Ordinarias y Especiales que determine el Reglamento Interno de Concejo y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal. Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 15 del artículo 9 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por MAYORÍA, de los miembros del Concejo Municipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN NUEVOS CUADROS DE COMISIONES DE REGIDORES Y CONFORMACIÓN RESPECTIVA Artículo 1º.- ESTABLECER el siguiente cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores, la misma que quedará conformada de la siguiente manera: 1.- DESARROLLO URBANO, OBRAS Y PROYECTOS, CONTROL TERRITORIAL. A. Norma Pérez Reyes B. Jenny García Acevedo C. Tomás Vásquez Yangali 2.- ECONOMÍA, RENTAS, COMERCIALIZACIÓN Y SERVICIOS COMUNALES. A. Jenny García Acevedo B. Norma Pérez Reyes C. Héctor Portugal Marín 3.- DESARROLLO HUMANO, PARTICIPACION VECINAL, SALUD Y ALIMENTACIÓN. A. Héctor Portugal Marín B. Brissa Málaga Aguad C. Tomas Vásquez Yangali 4.- TRANSPORTE, SEGURIDAD CIUDADANA, DEFENSA CIVIL Y MEDIO AMBIENTE. A. Brissa Málaga Aguad B. Jenny García Acevedo C. Norma Pérez Reyes 5.- EDUCACIÓN, CULTURA, TURISMO, DEPORTES Y RECREACIÓN A. Tomás Vásquez Yangali B. Brissa Málaga Aguad C. Héctor Portugal Marín Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Nº 148-2008-MDPH de fecha 28 de agosto del 2008 y cualquier otra norma que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a Secretaría General para que efectúen la publicación de la presente. Artículo Cuarto.- DISPONER a todas las áreas de esta Entidad Municipal en cuanto le corresponda el fi el cumplimiento de la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GUILLERMO FERNÁNDEZ OTERO Alcalde 794438-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Crean el Registro Municipal de Uniones de Hecho ORDENANZA Nº 249-MVES Villa El Salvador, 25 de abril de 2012 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y visto el Informe Nº 175- 2012-SGRC/GSM/MVES de fecha 4 de abril del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, la unión estable de un varón y una mujer libres de impedimento matrimonial que forman un hogar de hecho da lugar a una comunidad de bienes sujeta al régimen de sociedad de gananciales en cuanto le sea aplicable, tal como lo establece el artículo 5º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 326º del Código Civil establece que la unión de hecho, voluntariamente realizada y mantenida por un varón y una mujer libres de impedimento matrimonial, para alcanzar fi nalidades y cumplir deberes semejante a las del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de bienes gananciales, en cuanto le fuera aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos; Que, los gobiernos locales promueven una adecuada prestación de los servicios públicos y desarrollo integral sostenible de su jurisdicción, procurando el bienestar general de los ciudadanos de su jurisdicción; Que, la Sub Gerencia de Registros Civiles, considera la necesidad de registrar las parejas que se encuentren conviviendo en situaciones de hecho en el distrito y para ello es pertinente crear el registro de la unión de hecho y promoción de acceso al matrimonio de la Municipalidad del distrito de Villa El Salvador; en aras de promover el acceso a la institución matrimonial y la formación de la familia; Que, con Informe Nº 144-2012-OAJ/MVES de fecha 15 de marzo de 2012, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que la propuesta presentada se encuentra dentro del marco jurídico y de acuerdo a las facultades previstas por la Ley Orgánica de Municipalidades, dando su opinión favorable; Estando a lo expuesto, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 9º, numeral 8) y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayoritario del Concejo Municipal, así con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se aprueba la siguiente; ORDENANZA QUE CREA EL REGISTRO MUNICIPAL DE UNIONES DE HECHO Y PROMOCIÓN DE ACCESO AL MATRIMONIO EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR Artículo 1º.- CREACIÓN, NATURALEZA Y OBJETO Crear el Registro Municipal de Uniones de Hecho, que tiene carácter administrativo y en él se inscribirán las uniones de hecho estables de parejas que viven en el distrito, de aquellas personas que lo soliciten expresamente; de conformidad con el artículo 5º de la Constitución Política del Perú y el artículo 326º del Código Civil, el mismo que dependerá de la Sub Gerencia de Registros Civiles. Artículo 2º.- CONCEPTUALIZACIÓN Se considerará “Unión de Hecho” a los efectos de esta Ordenanza, a aquellas personas (varón y mujer) libres de