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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2012 (30/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de mayo de 2012 467213 Que, mediante Acta Nº 14-2011-CTHU/MDA de fecha 21 de diciembre de 2011 la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas dictaminó CONFORME la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso Gran Industria “I3” del terreno con un área de 15,048.927 m2, constituido por el sub lote 4-A2 con frente al Pasaje Santa Rosa de la sección Santa Angélica, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; estableciéndose como défi cit de Aportes; Otros Fines con un área de 300.98 m2; Parques Zonales con un área de 752.45 m2 y Renovación Urbana con un área de 451.47 m2; los cuales deberán de redimirse en dinero, previo a la Recepción de Obra de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza N° 836-MML, Que, mediante Liquidación Nº 062-2012-MDA/GDU- SGHUE de fecha 05 de Marzo de 2012, se calculó el défi cit de aporte de Otros Fines con un área de 300.98 m2 correspondiente al 2% del terreno designado para el uso de Gran Industria “I3” conforme a la tasación de fecha 31/01/12, elaborada por la Ing. Victoria Espinoza Padilla, señalando que el valor unitario comercial del terreno es de $ 374.00/m2 y por Licencia de Habilitación Urbana, cuyo monto total asciende a la suma de S/. 309,072.73 nuevos soles y mediante Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 011-2012-MDA-GAT/SGRyC- FM de fecha 18/04/12 se resuelve aprobar la solicitud de Fraccionamiento en 04 cuotas, conforme al Recibo Nº 0010103489 (folios 258) de fecha 18 de abril 2012 pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de la primera cuota, Que, mediante Anexo Nº 597-12 de fecha 06/02/12, la empresa señala que el pago del défi cit de los aportes de Parques Zonales y Renovación Urbana serán realizados en la etapa de Recepción de Obras, por lo cual dejan el lote único en garantía de pago para dichos aportes, Que, mediante Informe N° 738-2012-MDA/GDU- SGHUE-DEHE de fecha 25 de abril de 2012, emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, informa que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es procedente; y que la empresa ha cumplido con presentar la documentación y cancelar los pagos estipulados por el TUPA vigente, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES 27972, LEY N° 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY N° 29090 LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, ORDENANZA Nº 836-MML Y POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES Y ORDENANZA Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el N° 014-2012-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, Arq. Ramiro Carranza Cabrera con registro C.A.P. 6104, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Gran Industria “I3” del terreno con un área de 15,048.927 m2, constituido por el sub lote 4-A2 con frente al Pasaje Santa Rosa de la sección Santa Angélica, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa INDUSTRIA GRAFICA CIMAGRAF S. R. L. debidamente representado por don FERNANDEZ MARIO PAITAN PORRAS, para ejecutar en el plazo de 36 meses contados a partir del inicio del trámite, siendo la vigencia de la licencia hasta el 03 de mayo del 2014 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 15,048.927 m2 teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO ÁREA BRUTA: 15,048.927 m2 ÁREA ÚTIL: 14,755.410 m2 ÁREA DE VÍAS: 293.517 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta (15,048.927 m2) y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zonifi cación “I3” – Gran Industria, son las siguientes: APORTES ORDENANZA Nº 836-MML PROYECTO (m2) DÉFICIT (m2) % (m2) Parques Zonales 5 752.45 -------- 752.45 Renovación Urbana 3 451.47 -------- 451.47 Otros Fines 2 300.98 -------- 300.98 * El défi cit de Aportes correspondiente a Otros Fines ha sido fraccionado en 4 cuotas conforme a la Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 011-2012- MDA-GAT/SGRyC-FM de fecha 18/04/12, del cual se ha acreditado la cancelación de la primera cuota según lo indicado en el cuarto considerando. * El défi cit de los aportes de Parques Zonales y Renovación Urbana serán cancelados previo a la Recepción de Obra, quedando el lote único como garantía de pago. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el proyecto aprobado por SEDAPAL; debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos por dicha empresa; comunicándole a SEDAPAL sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg/ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características