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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2012 (30/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de mayo de 2012 467214 de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones Telefónicas, la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, que el lote único queda en garantía de pago por el défi cit del aporte de Parques Zonales y Renovación Urbana para la zonifi cación Gran Industria “I3” con un défi cit de 752.45 m2 y 451.47 m2, respectivamente, los cuales deberán ser pagados antes de la Recepción de Obra, de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el incumplimiento del pago de las cuotas faltantes establecidas en el convenio de fraccionamiento aprobado mediante Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 011-2012-MDA- GAT/SGRyC-FM de fecha 18/04/12, se declarará de ofi cio la nulidad de la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo de 30 días calendario, contados a partir de su notifi cación, a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolución de Sub Gerencia; a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a SERPAR-LIMA, a EMILIMA y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CELIA VARGAS DE NUÑEZ Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 793785-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2012-DA-MDMM Magdalena del Mar, 27 de abril de 2012 El Alcalde de la Municipalidad de Magdalena del Mar VISTOS: El Informe Nº 325-2012-GAJ-MDMM de fecha 25 de abril del 2012, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con personería jurídica de derecho público, con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, establece los requisitos exigibles como máximo para las solicitudes de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento; Que, mediante Informe Nº 325-2012-GAJ-MDMM la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la modifi cación de los requisitos establecidos en los procedimientos signados con el número 8.08 “Cambio o Ampliación de Giro de Establecimientos Comerciales, Industriales y/o Servicios en General”, 8.10 “Autorización Temporal de Funcionamiento” y 8.11 “Ampliación o Reducción del Área Económica”, a efectos de adecuarlos a lo establecido en la Ley Nº 28976; Que, se debe tener presente que toda modificación al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, deben ser aprobados mediante Decreto de Alcaldía, de acuerdo a lo establecido en el numeral 38.5 del Artículo 38º sobre la “Aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos” de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General” y en concordancia a lo que establece el artículo 42º de la Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y conforme lo señalado en el inciso 6) del artículo 20º concordante con el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR los procedimientos administrativos signados con el numero 8.08, 8.10 y 8.11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda norma que se oponga a la presente disposición. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar y la actualización correspondiente de los procedimientos administrativos modifi cados en el TUPA publicado en el portal referido y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, al Departamento de Comercialización y Anuncios, al Departamento de Informática y Estadística y demás órganos competentes, el cumplimiento del presente dispositivo municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL