Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2012 (15/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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conforme se detalla en el Anexo Nº 02 adjunto que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Precisar, que la Ordenanza Nº 281 que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital del MORDAZA mantiene plena validez y vigencia en todo lo que no MORDAZA sido expresamente modificado por la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto a partir de la fecha toda MORDAZA municipal y documentos de gestion que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Disponer que la Secretaria General se encargue la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y el integro de los Anexos Nº 01 y 02 que forma parte de la presente en la pagina web de la Municipalidad www.munirimac.gob.pe POR TANTO: Mando se registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. Dado en el Palacio Municipal a los veinticinco dias del mes de octubre del dos mil doce. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA
Aprueban "Ordenanza que adecua y regula el procedimiento de licencia de funcionamiento y vinculados en el Distrito de Huaura, acorde con la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento", y modifican el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0008-2012-MDH
Huaura, 26 de octubre del 2012 MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA Visto: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 26 de Octubre de 2012, el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre la adecuacion y regulacion del procedimiento de licencia de funcionamiento; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, y la Ley de Reforma, Ley Nº 28607, las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. Que, de conformidad con el articulo 6º del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los "gobiernos locales promueven el desarrollo economico, con incidencia en la micro y pequena empresa" y en su articulo 10º, establece que los "gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental". Que, en los numerales 3.6 y 3.6.4 del Articulo 79º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, senala que es competencia y funcion especifica exclusiva de las

municipalidades el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion. Que, asimismo el Articulo 83º del mismo texto acotado senala que es funcion de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de funcionamiento, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 5 de febrero de 2007, en su articulo 1º senala como finalidad: Establecer el MORDAZA JURIDICO de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por las municipalidades, correspondiendo a estas adecuar su respectivo Texto Unico de Procedimientos Administrativos con las disposiciones previstas en dicha ley. Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, se establecen diversos aspectos de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, tales como la naturaleza, objeto, procedimientos y requisitos a tenerse en consideracion en la ejecucion de los lineamientos de la Ley Nº 28976. Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que las ordenanzas de las municipalidades distritales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el articulo 49º de la citada MORDAZA senala que la Autoridad Municipal puede ordenar la clausura temporal o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esta legalmente prohibido o constituye peligro o riesgo para la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de Defensa Civil o produzca olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario. Que, en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en pleno, con dispensa de lectura y aprobacion del acta, en Sesion Extraordinaria de Concejo, de la fecha, aprobo por Unanimidad; SE ORDENA: Articulo 1º.- APROBAR la "Ordenanza que adecua y regula el procedimiento de licencia de funcionamiento y vinculados en el Distrito de Huaura, acorde con la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento", cuyo contenido se detalla en el anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Articulo 2º.- MODIFICAR el contenido el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Huaura, en los articulos correspondientes a la Licencia de Funcionamiento. Articulo 3º.- INCORPORAR a dicho documento los nueve (09) procedimientos contenidos en el Articulo 05º del Anexo Nº 01 de esta Ordenanza, y detallados en el MORDAZA del Anexo Nº 02 de esta Ordenanza, relacionados a los procedimientos de Licencia de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- DEJAR sin efecto cualquier otra Ordenanza y/o MORDAZA municipal que se oponga a la presente y publiquese la misma en el Diario Oficial El Peruano y sus anexos en la pagina web institucional www.munihuaura. gob.pe. Articulo 5º.- DESE cuenta a la Sub Gerencia de Secretaria General, Sub Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico, Sub Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, Sub Gerencia de Servicios Publicos. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital

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