Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2012 (19/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

478988

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de noviembre de 2012

la MORDAZA, a su identidad a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar (...) a si mismo el articulo 7º de nuestra Constitucion expresa; "que todos tienen derecho a la proteccion de su salud. Que, la ley Nº 26842. Ley General de Salud establece en el Titulo Preliminar numeral I). "La salud es condicion indispensable de desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo" asimismo en el numeral III) expresa: "Toda persona tiene derecho a la proteccion de la salud en los terminos y condiciones que establece la Ley. El derecho a la proteccion de la salud es irrenunciable." Que, el articulo 3º de la misma Ley 26842, expresa que toda persona tiene derecho a recibir en cualquier establecimiento de salud, atencion medica-quirurgica de emergencia cuando lo necesite y mientras subsista el estado de grave riesgo para su MORDAZA o su salud. Que, la ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, en su articulo 29° literal e) senala "Las direcciones de salud dirigen la ejecucion de los procesos de proteccion, recuperacion y rehabilitacion de la salud de la poblacion, a traves de los hospitales nacionales y establecimientos de salud" y en su literal g) senala "coordinan intersectorialmente a nivel regional" Que, el Decreto Supremo Nº 010-2010-SA, aprueba el Plan Estrategico Multisectorial de la respuesta a la tuberculosis 2010-2019; como MORDAZA de la respuesta nacional a la tuberculosis, el cual sera de aplicacion de los sectores y niveles de gobierno a fin de optimizar el uso de los recursos y fortalecer las respuestas de la administracion publica en correlacion con la sociedad civil. Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece en su articulo 49° literal a) senala; que es funcion especifica de los Gobiernos Regionales en materia de salud formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region, y en el literal e) senala; que es funcion especifica el promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promocion y formacion de la salud. Que, la Ley Organica de los Gobiernos Regionales en el articulo 10° senala las competencias exclusivas y compartidas establecidas en la Constitucion y la Ley de Bases de la Descentralizacion Ley N° 27783, en cuyo numeral 2) indica sobre las Competencias compartidas y establece; "Son Competencias Compartidas de acuerdo al articulo 36° literal b) La Salud Publica. Que, la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 45º literal a) confiere las atribuciones de diferir, normar, dirigir y gestionar sus politicas regionales y ejercer sus funciones generales y especificas, en concordancia con las politicas nacionales y sectoriales. En el literal b) del acotado articulo se le atribuye las funciones de elaborar y aprobar las normas de alcance regional, de disenar politicas prioritarias, estrategicas, programas, proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa. Que, la presente Ordenanza Regional, se fundamenta en una realidad evidente ya que se tiene de las estadisticas en el ambito de la Region MORDAZA, que esta enfermedad de la tuberculosis causa la muerte, y va en incremento por varias causas, siendo la fundamental, que no se cuenta con un plan estrategico multisectorial de respuesta regional a la tuberculosis, siendo prioritaria su prevencion deteccion control y tratamiento para evitar su incremento dentro de la Region del MORDAZA y el Pais. Que, en el MORDAZA de una politica de salud contra la tuberculosis, y estando al MORDAZA de las normas MORDAZA invocadas, es necesario enfocarse desde la perspectiva de la prevision como eje central, debiendo pasar por la parte curativa y la rehabilitacion de las personas afectadas con esta enfermedad; por estas razones la politica del Gobierno Regional del MORDAZA, debe centrarse en declarar de Prioridad Regional Multisectorial Organica la lucha contra la tuberculosis en la Region del MORDAZA, asi mismo disenar y aprobar normas y politicas tecnicas y financieras de prevencion, promocion, tratamiento y rehabilitacion de la salud que permita el control de es enfermedad dentro del MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales del Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales.

Por lo que; el Consejo Regional del MORDAZA, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Organizacion y Funciones. HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL. Articulo Primero.- DECLARAR de Prioridad Regional, Multisectorial y Organica la Lucha Contra la Tuberculosis en la Region del Cusco. Asi mismo establecer las normas y politicas, tecnicas y financieras de prevencion, deteccion, diagnostico, tratamiento y rehabilitacion de la salud de las personas afectadas por la tuberculosis. Articulo Segundo.- FACULTAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Direccion Regional de Salud, al Consejo Regional de Salud del Gobierno Regional de MORDAZA, a establecer los mecanismos de coordinacion y consenso para definir politicas regionales, dictar las medidas complementarias que MORDAZA necesarias para garantizar el cumplimiento a nivel regional, en el MORDAZA de las funciones y atribuciones que le otorga la Ley y las normas vigentes. Articulo Tercero.- INVOCAR a los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales, incorporen en su presupuesto municipal el apoyo para la prevencion, promocion y control de la tuberculosis. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el diario oficial el Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIKUY Consejero Delegado del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 17 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA ISAACS MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional de Cusco.

867489-2

Declaran de Necesidad y Prioridad Regional la Lucha Contra el Uso y Consumo de Drogas en la Region del MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 029-2012-CR/GRC. MORDAZA
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en la Sexta Sesion Ordinaria de fecha dieciocho de junio del ano dos mil doce, ha debatido y aprobado la siguiente Ordenanza Regional que: Declara de Necesidad y Prioridad Regional, la Lucha Contra el Uso y Consumo de Drogas en la Region del Cusco. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones. La estructura organica basica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.