Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2012 (19/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de noviembre de 2012

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Aprueban modificacion del "Manual de Especificaciones Tecnicas para la remision a la SMV de Informacion de los Agentes de Intermediacion"
RESOLUCION DE SUPERINTENDENTE Nº 147-2012-SMV/02
MORDAZA, 15 de noviembre de 2012 La Superintendente del MORDAZA de Valores VISTOS: El Expediente Nº 2012034864 y el Informe Conjunto N° 862-2012-SMV/10/09/06 del 13 de noviembre de 2012, de la Superintendencia Adjunta de Supervision Prudencial, la Oficina de Tecnologias de Informacion y la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1 del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (en adelante SMV), aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley N° 29782, establece que la SMV dicta las normas legales que regulan materias del MORDAZA de valores, supervisa el cumplimiento de la legislacion del MORDAZA de valores por parte de las personas que participan en dicho MORDAZA, asi como promueve y estudia el MORDAZA de valores; Que, mediante Resolucion SMV N° 026-2012SMV/01 del 28 de junio de 2012, se aprobo el Manual de Especificaciones Tecnicas para la remision a la SMV de Informacion de los Agentes de Intermediacion (en adelante el MANUAL); Que, a traves de la Resolucion SMV N° 033-2012SMV/01 del 13 de agosto de 2012, se modificaron las tasas de contribuciones por los servicios de supervision que presta la SMV, la misma que reduce las contribuciones referidas a las operaciones secundarias al contado con valores mobiliarios distintos a los valores representativos de deuda o credito a 0,045% del monto efectivamente negociado; Que, mediante Resolucion SMV N° 040-2012-SMV/01 del 21 de septiembre de 2012, se modifico el Reglamento de Agentes de intermediacion, estableciendose precisiones respecto a la informacion con la que los agentes de intermediacion deben contar y remitir a la SMV. Asimismo, se prorrogo el plazo en el que entraria en vigencia la

obligacion de remision de determinada informacion contenida en el MANUAL hasta el 01 de febrero de 2013; Que, la normativa senalada referida a las contribuciones y el Reglamento de Agentes de Intermediacion implican cambios en los alcances y requerimientos establecidos para los archivos de Clientes, Ordenes con Datos Basicos, Ordenes, Ordenes con Clientes Finales, Asignaciones, Posiciones Descubiertas, Anexos de Control N° 3 y 7, Anexo 5, Anexo 13 y Anexo 16 del MANUAL; Que, adicionalmente, se debe actualizar el MANUAL, a fin de incorporar las modificaciones efectuadas al RAI y la normativa relacionada al Reglamento del Acceso Directo al MORDAZA, aprobado por Resolucion SMV N° 024-2012SMV/01 del 26 de junio de 2012; Que, en sesion de directorio N° 1476 del 18 de junio de 2012, el Directorio de la SMV delego en el Superintendente del MORDAZA de Valores la facultad para modificar el MANUAL; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 1º, literal a), el articulo 3, numeral 27; el articulo 5, literales b) y c), del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modificado por la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores; el articulo 70 del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 045-2006-EF/94.10; RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la modificacion del "Manual de Especificaciones Tecnicas para la remision a la SMV de Informacion de los Agentes de Intermediacion" aprobado por Resolucion SMV N° 026-2012-SMV/01. Articulo 2°.- Las modificaciones a que se refiere la presente resolucion entraran en vigencia en los plazos previstos en el articulo 2° de la Resolucion SMV N° 0262012-SMV/01, modificada por el articulo 9° de la Resolucion SMV N° 040-2012-SMV/01, cuyo detalle se muestra en el Anexo I que es parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 5°.- Disponer la difusion del Manual de Especificaciones Tecnicas para la remision a la SMV de Informacion de los Agentes de Intermediacion, incorporando las modificaciones que se detallan en el Anexo II de la presente resolucion, en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores

L

DIARIO OFICIA

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. 4. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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