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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (19/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de noviembre de 2012 478985 Archivos Periodicidad Inicio de Vigencia / Inicio de Pruebas Referencia Normativa I.- Archivos en Tiempo Real 1 Registro de Clientes con Datos Básicos Eventual (tiempo real) - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Inicio de pruebas: A partir del 02/01/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 2 Registro de Ordenes con Datos Básicos Diario (tiempo real) - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Inicio de pruebas: A partir del 02/01/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 II.- Archivos al Cierre de la Negociación 3 Registro de Clientes Eventual - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 4 Registro de Usuarios ELEX Eventual - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 5 Montos Intermediados Mensualmente Mensual - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 6 Registro de Órdenes Diario - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Inicio de pruebas: A partir del 02/01/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 7 Registro de Asignaciones Diario - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 8 Pólizas de Operaciones Diario - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 9 Registro de Instrumentos Financieros Eventual - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 10 Datos para cálculo de indicadores Diario - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 11 Órdenes con Clientes Finales Eventual - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Inicio de pruebas: A partir del 02/01/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 12 Detalle de Operaciones por Póliza Diario - Inicio de vigencia: A partir de la información del 01/02/2013 - Inicio de pruebas: A partir del 02/01/2013 - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 III.- Otros Archivos Estructurados 13 Estados Financieros (EEFF) Individuales, Consolidados M e n s u a l , Trimestral o Anual - Inicio de vigencia: A partir de la Información Financiera Auditada 2012 (a partir de la entrada en vigencia del Manual de Información Financiera de los Agentes de Intermediación, aprobado mediante Resolución SMV N° 012-2011-SMV/01 y modifi cado por el artículo 2° de la Resolución SMV N° 043-2012-SMV) - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01) 14 Anexo de Control 7 – Saldos en Cuenta Corriente M e n s u a l , Trimestral o Anual IV.- Otros Archivos no Estructurados 15 18 archivos en formato word o pdf D i f e r e n t e s periodicidades - Inicio de vigencia: A partir del 30/06/2012 (a partir de la entrada en vigencia del Manual de Especifi caciones Técnicas para la remisión a la SMV de Información de los Agentes de Intermediación) - Artículo 2° de la Resolución SMV N° 026-2012-SMV/01, modifi cada por el artículo 9° de la Resolución SMV N° 040-2012-SMV/01 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Aceptan renuncia y designan Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional de Jaén CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 561-2012-CONAFU Lima, 24 de octubre de 2012 867601-1 VISTOS: La Ley Nº 26439, la Ley 29304, el artículo 5º de la Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, la carta presentada el 10 de octubre de 2012, y el Acuerdo Nº 696-2012-CONAFU de fecha 24 de octubre de 2012. CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento defi nitivo; en concordancia con el artículo 3° inciso b) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189- 2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, el artículo 5º de la Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 20006, establece que. ¨El CONAFU para el ejercicio de las atribuciones que le confi ere el artículo 2º de la Ley Nº 226439, (…) mantendrá una estrecha relación con las universidades públicas y privadas con autorización de funcionamiento provisional y ejercerá con ellas permanente supervisión, evaluación, orientaciones, disposiciones académicas y administrativas que correspondan.¨