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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 114

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479740 DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Segunda.- Encargar a la Gerencia Administración Tributaria y a la Gerencia de Tecnologías de la Información el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Tercera.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS PEREZ ALEMAN Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 872975-2 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 281-MDS, que otorga beneficios para el pago de multas administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2012-MDS Surquillo, 28 de noviembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Informe Nº 073-2012-GR-MDS, de fecha 28 de noviembre de 2012, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 273-2012-SGFT-GR-MDS, de fecha 27 de noviembre del 2012 emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, e Informe Nº 562-2012-GAJ-MDS de fecha 28 de noviembre de 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 – establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 281-MDS, de fecha 21 de septiembre de 2012, se aprobó la Ordenanza que otorga benefi cios para el pago de multas administrativas, cuya vigencia es hasta el 31 de octubre del 2012, prorrogado mediante Decreto de Alcaldía Nº 006-2012-MDS hasta el 30 de noviembre del 2012; Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 281-MDS, de fecha 21 de septiembre de 2012, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que se puedan requerir para la adecuada aplicación de dicho cuerpo legal; Que, con el objeto de brindar mayores facilidades a la gran mayoría de los contribuyentes del distrito, para que puedan cumplir con el pago de sus multas administrativas, mediante el presente Decreto de Alcaldía la corporación municipal considera pertinente prorrogar la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 281 hasta el día 28 de diciembre de 2012; Que, estando a los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º numeral 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 28 de diciembre de 2012, la vigencia de la Ordenanza Nº 281-MDS de fecha 21 de septiembre de 2012 que otorga benefi cios para el pago de multas administrativas. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria, así como a la Gerencia de Estadística e Informática y demás areas competentes para su cumplimiento. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS HUAMANI GONZALES Alcalde 872949-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 282-MDS, que crea el programa de inducción a la presentación de la declaración jurada “Surquillo Regularízate” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2012-MDS Surquillo, 28 de noviembre de 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: Visto, el Informe Nº 074-2012-GR-MDS, de fecha 28 de noviembre del 2012, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 274-2012-SGFT-GR-MDS, de fecha 27 de noviembre del 2012 emitido por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, e Informe Nº 561-2012-GAJ- MDS de fecha 28 de noviembre de 2012 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;