Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2012 (30/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2012

De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº 205-2012-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 370-MDB de la Municipalidad Distrital de Barranco, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho Distrito. Articulo Segundo.- La ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del presente Acuerdo ratificatorio, asi como del texto integro de la Ordenanza Nº 370-MDB que contienen los MORDAZA de estructura de costos, de estimacion de ingresos y la cantidad de espacios habilitados, las vias respectivas los dias y los horarios. La aplicacion sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Barranco. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria-SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Encargado de la Alcaldia 872212-1

Municipalidades, asi como la Ordenanza Nº 739-MML y 1533-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de fecha 26 de diciembre del 2004 y 27 de Junio de 2011 respectivamente, con el MORDAZA Unanime de sus miembros y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE BARRANCO Articulo 1º.- AMBITO DE APLICACION. La presente Ordenanza regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Barranco. Articulo 2º.- OBJETIVO. La presente Ordenanza tiene como objeto otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el Estacionamiento de sus vehiculos y mantener al mismo tiempo el orden vial en el distrito de Barranco. Articulo 3º.- TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL. La Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal es un tributo que se paga por el estacionamiento de un vehiculo en las zonas habilitadas por la Municipalidad de Barranco, para la prestacion del servicio de Estacionamiento. Esta orientada a otorgar a los usuarios las facilidades necesarias para el estacionamiento y mantener el orden vial. El rendimiento de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, sera destinado a cubrir el costo de las actividades y gastos en los que incurre la Municipalidad, a fin de propiciar el uso ordenado y correcto de las vias publicas habilitadas para el Estacionamiento. Articulo 4º.- HECHO IMPONIBLE. Constituye el hecho imponible de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal el uso o aprovechamiento de los espacios habilitados por la Municipalidad de Barranco, para la prestacion del servicio de estacionamiento. Articulo 5º.- SUJETO PASIVO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA. Son sujetos pasivos de la tasa en calidad de contribuyentes, los conductores de vehiculos que usen o aprovechen eventualmente los espacios de las zonas habilitadas para la prestacion del servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal. Son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios, los propietarios de los vehiculos que se estacionen en las referidas zonas de Estacionamiento vehicular Temporal. Adicionalmente, las motos, motocicletas, bicicletas y triciclos podran estacionarse temporalmente en la via publica, pagando la tasa determinada en el articulo 7º de la presente Ordenanza, por el uso de cada espacio habilitado. Articulo 6º.- OBLIGACION DEL PAGO DE LA TASA. La obligacion del pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, se origina desde el momento en que el vehiculo es estacionado, en cualquiera de las zonas que se describen en el Cuadro de Espacios, afectos a la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Barranco (ANEXO 04). Articulo 7º.- DETERMINACION DEL MONTO DE LA TASA, TIEMPO DE ESTACIONAMIENTO Y TOLERANCIA. El monto de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal, asciende a la suma de S/. 0.50(Cincuenta centimos) por cada treinta (30) minutos o fraccion que permanezca estacionado el vehiculo en la MORDAZA habilitada para el estacionamiento vehicular. El tiempo de tolerancia para el Estacionamiento de vehiculos en MORDAZA habilitada, exento al pago del tributo, es de diez (10) minutos. Transcurrido este tiempo se procedera al cobro del monto minimo, aun cuando no se utilice el total del tiempo establecido.

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Regulan la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito
ORDENANZA Nº 370-MDB Barranco, 12 de MORDAZA de 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Distrital de Barranco; en Sesion Extraordinaria Nº III de la fecha, VISTO: El Memorandum Nº 533 -2012-GM/MDB, de fecha 3 de MORDAZA del 2012, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 341-2012-SGRCYEC-GAT/ MDB, de fecha 27 de junio de 2012, emitido por la Sub Gerencia de Recaudacion, Control y Ejecutoria Coactiva; el Informe 468-2012-CAJ-MDB, de fecha 3 de MORDAZA de 2012, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto al proyecto de Ordenanza que regula la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en la jurisdiccion de Barranco; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades pueden ejercer actos de gobierno a traves de las Ordenanzas, pudiendo crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la ley, siendo de competencia del Concejo Municipal dicha atribucion, como lo prescribe el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, la Tasa de Estacionamiento Vehicular es un tributo aplicable al estacionamiento de un vehiculo en una MORDAZA habilitada por la Municipalidad, con la finalidad de ofrecer, a los usuarios, las facilidades de parqueo, manteniendo un orden del trafico de los vehiculos que circulan en la jurisdiccion de Barranco; De conformidad con los articulos 9º, inciso 8), 40º, 66º y 68º, inciso d) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de

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