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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479739 con la Gerencia de Participación Vecinal, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010- PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE LUIS PEREZ ALEMAN Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 872975-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 438-MSS, que aprobó la Campaña “Cumple Fácil”, así como plazo de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios y para la presentación de la Declaración de Actualización de Datos DECRETO DE ALCALDÍA N° 34-2012-MSS Santiago de Surco, 29 de noviembre de 2012 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Memorándum Nº 482-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Técnico Nº 20-2012-SGORT-GAT-MSS y el Informe Nº 920-2012- GAJ–MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 438-MSS; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza N° 438-MSS, publicada en el diario ofi cial El Peruano de 07.11.2012, se establece un mecanismo temporal de facilitación para el cumplimiento de obligaciones tributarias, bajo la denominación campaña “Cumple Fácil”; asimismo la Segunda Disposición Final de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada y mejor aplicación de lo dispuesto en la acotada Ordenanza; así como para que pueda prorrogar su vigencia, de ser el caso; Que, con la Ordenanza N° 417-MSS, publicada en el diario ofi cial El Peruano 19.02.2012 se establece la prórroga de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales hasta el 15 de marzo de 2012. Esta norma, en su artículo segundo, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda efectuar prórrogas de plazo para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2012; Que, mediante los Decretos de Alcaldía N° 015-2012- MSS de fecha 12.06.2012 y el N° 021-2012-MSS de fecha 15.08.2012 se estableció y prorrogó hasta el 30.11.2012, la obligación a la generalidad de los contribuyentes del distrito, de presentar la Declaración de Actualización de Datos, difundida bajo la denominación de Actualízate!; Que, con Memorándum Nº 482-2012-GAT-MSS del 27.11.2012, la Gerencia de Administración Tributaria, propone vía Decreto de Alcaldía la prórroga de la Campaña “Cumple Fácil” aprobada mediante Ordenanza N° 438-MSS, así como las obligaciones tributarias asociadas a la campaña como requisitos de acogimiento a la misma, constituidas por el cuarto vencimiento del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del 2012 y la obligación de presentar la Declaración jurada de Actualización de Datos, establecida en el Decreto de Alcaldía N° 15-2012-MSS, prorrogada mediante Decreto de Alcaldía N°21-2012-MSS, sustentando su propuesta en el Informe Técnico Nº 20-2012-SGORT-GAT-MSS, del 27.11.2012, de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, quien señala que el sentido de la Campaña “Cumple Fácil” es permitir a los contribuyentes del distrito la regularización de sus obligaciones tributarias, mediante el otorgamiento de incentivos y facilidades para el pago de las misma, así como incrementar los ingresos provenientes del año corriente, por lo se estima conveniente proponer la prórroga de esta Campaña, hasta el 28 de diciembre de 2012; Que, asimismo, agrega la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, que dado que el pago de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios y la presentación de la Declaración de Actualización de Datos son requisitos para el acogimiento a los benefi cios de la campaña, y siendo que estos tienen como plazo de vencimiento el día 30 de Noviembre de 2012, se ve por conveniente proponer la prórroga de los mismos, igualmente hasta el 28 de diciembre de 2012; Que, con Informe N° 0920-2012-GAJ-MSS del 28.11.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que encontrándose facultado el señor Alcalde a disponer la prórroga de los alcances de la Ordenanza 438-MSS, conforme a lo establecido por la Segunda Disposición Final de la citada Ordenanza, resulta legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía para prórroga de la Campaña ‘Cumple Fácil”, del vencimiento de la cuarta cuota del Impuesto Predial y Arbitrios 2012 y de la obligación de presentar la declaración de actualización de datos (Actualízate.!); Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 438-MSS, se encuentra exceptuado de la prepublicación ya que la misma resulta innecesaria considerando por cuanto constituye únicamente la extensión del plazo para el cumplimiento de la obligación tributaria, conforme lo señala el Memorándum Nº 482- 2012-GAT-MSS, de la Gerencia de Administración Tributaria; Que, el primer párrafo del Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral…”; Que, mediante el Artículo Segundo de la Resolución Nº 1006-2012-RASS del 26.11.2012, se encargó al Teniente Alcalde señor JOSÉ LUÍS PÉREZ ALEMAN, el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad de Santiago de Surco, desde el 27 de noviembre al 02 de diciembre del 2012; Estando al Informe N° 920-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 438-MSS, que aprobó la Campaña “Cumple Fácil”, hasta el 28 de diciembre de 2012. Artículo Segundo.- PRORROGAR el plazo del Cuarto Vencimiento del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del año 2012, hasta el 28 de diciembre de 2012, así como de los benefi cios e incentivos asociados al mismo. Artículo Tercero.- PRORROGAR el plazo para la presentación de la Declaración de Actualización de Datos, establecido en el Decreto de Alcaldía Nº 15-2012- MSS y Decreto de Alcaldía 21-2012-MSS, hasta el 28 de diciembre de 2012.