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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 112

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2012 479738 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Informe Nº 317-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 568-2012- SGPUC-GDU-MSS y el Informe N° 029-2012-DCHT-ACU de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 0916-2012-GAJ–MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 428-MSS; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, los ítems 3.6 y 3.6.2 del numeral 3) del Artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen como funciones exclusivas de las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de la construcción, remodelación o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica; Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza N° 428-MSS publicada el 13.06.2012 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprueba la “Ordenanza que Exonera el Pago por Derecho de Trámite del Procedimiento de Certifi cado de Jurisdicción para Predios Ubicados en los Sectores 02, 03 y 09 del Distrito de Santiago de Surco” hasta el 30.11.2012; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N° 428-MSS, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación y/o ampliación de su vigencia; Que, con Informe N° 317-2012-GDU-MSS del 27.11.2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano, propone se apruebe vía Decreto de Alcaldía la prórroga por seis (06) meses de la vigencia de la Ordenanza N° 428-MSS; sustentando su propuesta en el Informe N° 568-2012- SGPUC-GDU-MSS del 26.11.2012, elaborado por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; quien hace suyo el Informe N° 029-2012-DCHT-ACU, del 26.11.2012, el cual señala, que dentro de los fundamentos para la emisión de la mencionada Ordenanza, fue que de acuerdo a la base de datos de Catastro se tenía que alrededor de 23,000 predios aproximadamente, ubicados en los Sectores 02, 03 y 09, que no cuentan con Certifi cado de Jurisdicción, por lo que era necesario benefi ciar a los pobladores para que lo obtengan sin costo alguno, y les permita determinar si la unidad inmobiliaria se encuentra dentro del distrito, y que estando a que estos fundamentos no han variado y estar próximos a que se cumpla su vigencia, es necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de mayo del 2013; Que, con Informe N° 0916-2012-GAJ-MSS del 28.11.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que encontrándose facultado el señor Alcalde a disponer la prórroga de los alcances de la Ordenanza 428-MSS, conforme a lo establecido por la Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, resulta legalmente procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza acotada, que exonera del pago del derecho de trámite del procedimiento de certifi cado de jurisdicción para predios ubicados en los sectores 02, 03 y 09; Que, asimismo la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.2 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 428-MSS, se encuentra exceptuado de la prepublicación ya que la misma resulta innecesaria considerando que su dación benefi ciará a los vecinos de los Sectores 02, 03 y 09 del Distrito de Surco; Que, el primer párrafo del Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral…”; Que, mediante el Artículo Segundo de la Resolución Nº 1006-2012-RASS del 26.11.2012, se encargó al Teniente Alcalde señor JOSÉ LUÍS PÉREZ ALEMAN, el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad de Santiago de Surco, desde el 27 de noviembre al 02 de diciembre del 2012; Estando al Informe N° 0916-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 428-MSS, que exonera el pago por derecho de trámite del procedimiento de Certifi cado de Jurisdicción para predios ubicados en los Sectores 02, 03 y 09 del distrito de Santiago de Surco hasta el 31 de mayo del 2013. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, en coordinación REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL