Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2012 (06/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades"; Que, el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelve o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, el articulo 79º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado con Ordenanza Nº 211-2011MDSJM de fecha 27 de diciembre del 2011, publicada el 05 de febrero del 2012, establece que la Gerencia de Rentas, dentro de sus funciones senala literal d) "Proponer proyectos de ordenanzas, decretos, resoluciones, directivas, normas y otros documentos en el ambito de su competencia"; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 228-2012MDSJM, de fecha 23 de MORDAZA del 2012 y publicada en el Diario El Peruano el 22 de Agosto del 2012, otorga beneficios Tributarios en las Zonas Limitrofes del Distrito de San MORDAZA de Miraflores con vigencia hasta el 30 de setiembre del 2012, y segun establece en la Tercera Disposicion Final senala: "Facultese al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disipaciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente ordenanza, asi como para establecer prorrogas en la vigencia de la misma"; Que, mediante Memorandum Nº 742-2012GR-MDSJM de fecha 24 de setiembre del 2012, la Gerencia de Rentas refiere que: "con el objeto de brindar mayores facilidades a los contribuyentes de las zonas limitrofes para que puedan regularizar sus obligaciones tributarias, por lo que considera necesario ampliar los alcances de la Ordenanza Nº 228-2012MDSJM e incluir dentro de dichos beneficios a todos los AA.HH, sectores y/o agrupaciones de vivienda que se encuentren ubicados en las zonas limitrofes del distrito, con la finalidad de que puedan acogerse a dicho beneficios, por lo que es necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 228-2012-MDSJM hasta el 31 de octubre del 2012; Que, mediante Informe Nº 660-2012-GAJ-MDSJM, de fecha 25 de setiembre del 2012, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que es necesario ampliar los alcances de la Ordenanza Nº 228-2012-MDSJM e incluir dentro de dichos beneficios a todos los AA.HH, sectores y/o agrupaciones de vivienda que se encuentren ubicados en las zonas limitrofes del distrito

y prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 228-2012MDSJM hasta el 31 de octubre del 2012, resultando viable legalmente; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 228-2012-MDSJM e incluir dentro de los Beneficios Tributarios a todos los poblados, AA.HH, Asociaciones de Vivienda y otros que se encuentren ubicados en las zonas limitrofes del Distrito. Articulo Segundo.- PRORROGUESE hasta el 31 de octubre del 2012, la aplicacion de los beneficios tributarios a las zonas limitrofes del Distrito, otorgado mediante Ordenanza Nº 228-2012-MDSJM. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a las Unidades Organicas que la conforman, asi como la Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, el cumplimiento del presente Decreto. Articulo Cuarto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 850138-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse al beneficio de pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 031-2012-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 5 de octubre del 2012

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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