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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (06/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2012 475868 Tercera.- Otórguese un plazo perentorio de treinta (30) días calendario a partir de la publicación de la presente Ordenanza, para que los propietarios de los vehículos inmovilizados, carrocerías, chasis y chatarra que permanecen en la vía pública sean retirados bajo apercibimiento de declararlos en abandono. La Ofi cina de Imagen Institucional se encargará de la difusión del contenido de la presente Ordenanza, durante el periodo al que se refi ere la presente disposición. Cuarta.- El Alcalde de la Municipalidad de Lince queda facultado para dictar mediante Decreto de Alcaldía las normas complementarias y reglamentarias a la presente Ordenanza para el mejor desarrollo y ejecución de la misma. Quinta.- La Municipalidad podrá celebrar Convenios de Cooperación con las dependencias especializadas de la Policía Nacional del Perú, la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como con entidades públicas y privadas que coadyuven al cumplimiento efectivo de los fi nes contenidos en el artículo 1 de la presente norma, previa aprobación de su suscripción por el Concejo Municipal. Sexta.- Corresponde al órgano competente ofi ciar al Registro Vehicular de la SUNARP, en los casos en que sea necesario, a efectos de identifi car al propietario de los vehículos incursos en la infracción contenida en la presente Ordenanza. Sétima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 849348-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA N° 020-ALC/MSI San Isidro, 5 de octubre de 2012 ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTA: La Ordenanza N°334-MSI que aprueba la Constitución y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, publicada el 5 de octubre de 2011 en el Diario Ofi cial El Peruano; y CONSIDERANDO Que, el artículo 5° de la Ordenanza N° 334-MSI establece que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los delegados vecinales y designa a los integrantes del Comité Electoral que conducirá dichas elecciones, con una anticipación no menor de 60 días calendario a la fecha de vencimiento de mandato de los delegados vecinales en ejercicio al momento de la convocatoria. En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972. DECRETA Artículo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro para el día 02 de diciembre de 2012, desde las 10:00 a.m. hasta las 3:00 p.m., para lo cual se deberá cumplir con el siguiente cronograma CRONOGRAMA ELECTORAL Publicación del Padrón Electoral Provisional 10.10.12 al 25.10.12 Presentación de Impugnaciones (tachar o incluir electores) 10.10.12 al 25.10.12 Resolución de Impugnaciones 26.10.12 al 30.10.12 Publicación de Padrón Electoral Defi nitivo 31.10.12 Inscripción de Candidatos – Ofi cina de Participación Vecinal. Av. Los Incas N° 270 San Isidro 02.11.12 al 16.11.12 Subsanación de Listas de Candidatos 19.11.12 al 21.11.12 Publicación del Listado Provisional de Candidatos 22.11.12 al 24.11.12 Presentación de Tachas 22.11.12 al 26.11.12 Resolución de Tachas 27.11.12 al 29.11.12 Publicación del Listado defi nitivo de Candidatos 30.11.12 Acto Electoral 02.12.12 Publicación de Resultados 03.12.12 Artículo Segundo.- Designar al Comité Electoral propuesto por el Concejo de Coordinación Local Distrital que conducirá el proceso electoral convocado, conforme al siguiente detalle: 1. Jorge Genaro Cárdenas Bustíos - Presidente 2. Fernando Alcides Ugarte Pareja - Vicepresidente 3. Wilmer Ulloa Solórzano - Secretario Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAUL A. CANTELLA SALAVERRY Alcalde 850496-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Amplían alcances de la Ordenanza Nº 228-2012-MDSJM y prorrogan beneficios tributarios a las zonas limítrofes del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 28-2012-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 26 de setiembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES. VISTO: El Informe Nº 660-2012-GAJ-MDSJM, de fecha 25 de setiembre del 2012, de Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 742-2012-GR/MDSJM, de fecha 24 de setiembre del 2012, de Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que: “Las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia