TEXTO PAGINA: 6
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de octubre de 2012 475952 y se dispuso la creación de una comisión multisectorial que tendrá a su cargo la coordinación y supervisión de su ejecución; Que, a través de la Resolución Suprema No. 314- 2008-RE, se constituyó la Comisión Multisectorial de Coordinación y Supervisión del “Plan de Acción para la Provincia de Purús”, la misma que está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Resolución Ministerial No. 006- 2009-MTC/01, se designó al señor Daniel Ernesto Vera Ballón, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Multisectorial de Coordinación y Supervisión del “Plan de Acción para la Provincia de Purús”; Que, con Resolución Ministerial No. 618-2011-MTC/01 del 31 de agosto de 2011, se acepta la renuncia del citado funcionario; Que, con Ofi cio RE (DDF) No. 22-6-BB/98 del Ministerio de Relaciones Exteriores, se solicita actualizar la designación de los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Multisectorial de Coordinación y Supervisión del “Plan de Acción para la Provincia de Purús”; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos. 29158 y 29370, los Decretos Supremos Nos. 021-2007- MTC y 038-2008-RE y la Resolución Suprema No. 314- 2008-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Daniel Ernesto Vera Ballón, con efi cacia al 01 de setiembre de 2011, como representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Multisectorial de Coordinación y Supervisión del “Plan de Acción para la Provincia de Purús”, realizada a través de la Resolución Ministerial No. 006-2009-MTC/01. Artículo 2.- Designar al Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO y al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como representantes titular y alterno, respectivamente, ante la Comisión Multisectorial de Coordinación y Supervisión del “Plan de Acción para la Provincia de Purús”, constituida por Resolución Suprema No. 314-2008-RE. Artículo 3.- Los profesionales designados en el artículo precedente deberán llevar a cabo el encargo encomendado de conformidad con lo dispuesto en la Directiva No. 001- 2007-MTC/09, aprobada mediante Resolución Ministerial No. 001-2007-MTC/09. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 850537-1 Otorgan a Redes Digitales S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 554-2012-MTC/03 Lima, 04 de octubre de 2012 VISTA, la solicitud presentada con registro P/D N° 068420 del 7 de junio de 2012, por la empresa REDES DIGITALES S.A.C. para que se emita una nueva resolución ministerial otorgando concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-2012- MTC/03, publicada el 3 de febrero de 2012 en el Diario Ofi cial El Peruano, se otorgó a la empresa REDES DIGITALES S.A.C. concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú; precisándose como primer servicio a prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 124º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, la suscripción del contrato de concesión se realizará dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados desde la publicación de la resolución correspondiente; asimismo, señala que para tal efecto deberá cumplir con el pago por derecho de concesión, así como con la presentación de carta fi anza y pago del canon, si estos dos últimos correspondieran. En caso de incumplimiento, la resolución de otorgamiento de concesión y la resolución de asignación de espectro quedarán sin efecto de pleno derecho; Que, de la revisión de los actuados se advierte que habiendo transcurrido el plazo establecido en el artículo 124° antes citado, la empresa REDES DIGITALES S.A.C. no suscribió el respectivo contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 041-2012-MTC/03, por lo que ésta quedó sin efecto de pleno derecho; Que, mediante documento de vista, la empresa REDES DIGITALES S.A.C., solicita la emisión de una nueva resolución ministerial de otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, conforme a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, el incumplimiento de los plazos previstos en el artículo 124º del TUO del Reglamento General acotado, no enerva el derecho a solicitar nuevamente y, por única vez, sin necesidad de iniciar un nuevo trámite, la emisión de la resolución correspondiente. Para tal efecto, la solicitud podrá ser presentada dentro del plazo de seis (6) meses de notifi cada la citada resolución, debidamente sustentada; Que, la Resolución Ministerial Nº 041-2012-MTC/03 fue notifi cada el 2 de febrero de 2012, por lo tanto la solicitud para la emisión de una nueva resolución ministerial otorgando a la empresa REDES DIGITALES S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones ha sido presentada a este Ministerio, dentro del plazo de seis (6) meses de notifi cada dicha resolución ministerial; Que, conforme a lo señalado por el señor Pedro Pablo Castañeda Chambergo, representante legal de la empresa REDES DIGITALES S.A.C., mediante los escritos registrados con P/D Nos. 077457, 079823 y 083968, de fechas 27 de junio de 2012, 3 de julio de 2012 y 11 de julio de 2012, respectivamente, indicó que no le fue posible suscribir el contrato de concesión dentro del plazo legal establecido, debido a que la carta fi anza que garantizaría el inicio de sus operaciones, no fue emitida por la entidad fi nanciera dentro del plazo correspondiente; Que, el inciso 3) del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, señala que la concesión es el acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. A su vez, señala que el Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente; perfeccionándose la concesión mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones