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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (09/10/2012)

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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, martes 9 de octubre de 2012 475947 AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RR.MM. N°s. 258 y 270-2012-MINCETUR/DM.- Autorizan viajes de representantes del Ministerio a Singapur y la Confederación Suiza, en comisión de servicios 475948 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RR.MM. N°s. 551 y 552-2012-MTC/02.- Aprueban tasaciones de predios afectados por ejecución de obra y derecho de vía ubicados en los departamentos de Ayacucho y Lambayeque 475949 R.M. N° 553-2012-MTC/01.- Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante Comisión Multisectorial de Coordinación y Supervisión del “Plan de Acción para la Provincia de Purús” 475951 R.M. N° 554-2012-MTC/03.- Otorgan a Redes Digitales S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones 475952 R.M. N° 555-2012-MTC/03.- Otorgan a TV Cable El Emperador E.I.R.L. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones 475954 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Res. N° 042-2012-SMV/01.- Modifi can Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa y el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores, y aprueban el Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima 475955 Sumario Año XXIX - Nº 12018 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL