Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (12/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de octubre de 2012 476098 Artículo 4º.- De la Publicación de los Grupos Familiares Elegibles y Entidades Técnicas El listado de los Grupos Familiares Elegibles y Entidades Técnicas aptas, será publicado en las ofi cinas de atención y centros autorizados del Fondo MIVIVIENDA S.A. a nivel nacional; así como, en su respectiva página web, siendo la fecha de publicación determinada por dicha entidad. Artículo 5º.- Cierre de los Registros del Programa Techo Propio La inscripción en los Registros del Programa Techo Propio se cerrará cuando se haya asignado los 12000 Bonos Familiares Habitacionales - BFHs ofertados mediante la Resolución Ministerial N° 159-2012- VIVIENDA. Artículo 6º.- Excepción Exceptúese la presente Convocatoria de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 091-2011-VIVIENDA, en lo que corresponde a la metodología para priorizar la atención de la población. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- De los Registros del Programa Techo Propio Para los efectos de la convocatoria complementaria publicada mediante Resolución Ministerial N° 127-2012- VIVIENDA, los Registros del Programa Techo Propio se cerrarán cuando se hayan asignado la totalidad de BFH ofertados mediante la referida norma. Segunda.- De las Resoluciones Ministeriales N° 104-2011-VIVIENDA, N° 162-2011-VIVIENDA, N° 176- 2011-VIVIENDA, N° 223-2011-VIVIENDA y N° 224-2011- VIVIENDA Establézcase un plazo excepcional de noventa (90) días calendario, para presentar las solicitudes de asignación y desembolso del Bono Familiar Habitacional, contados desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, en el marco de las convocatorias publicadas mediante Resoluciones Ministeriales N° 104-2011-VIVIENDA, N° 162-2011-VIVIENDA, N° 176- 2011-VIVIENDA, N° 223-2011-VIVIENDA y N° 224-2011- VIVIENDA, las cuales estarán sujetas al cumplimiento de los requisitos previstos en el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda aprobado por Resolución Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 852529-1 ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Dan por concluido encargo de funciones de Gerente de Administración y Finanzas del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 158-2012-02.00 Lima, 28 de setiembre del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 147- se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 134 -2011.02.00 de fecha 16 de noviembre del 2011, se encargó a la C.P.C. Jesica Rafaela López Collantes, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Gerente de Administración y Finanzas, Categoría D2, a partir del 17 de noviembre del 2011, hasta que se designe al Titular; Que, la Ley N° 27594 –Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3° que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1° de tal Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribución del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratifi car o remover al personal de confi anza que específi camente lo califi que en tal calidad el Reglamento de Organización y Funciones, así como fi jar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Órgano, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1056-02 adoptado en la Sesión, de fecha 29 de agosto de 2012, el Consejo Directivo Nacional autorizó la prórroga por el plazo de un año computado desde el 22.09.2012 del Acuerdo N° 1037-05 de fecha 21 de setiembre de 2011, por el cual se delegó al Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29° del Estatuto antes acotado; Que, se ha estimado por conveniente dar por concluido el encargo de la C.P.C. Jesica Rafaela López Collantes, en el cargo de confi anza de Gerente de Administración y Finanzas, Categoría D2, efectuada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 134 -2011.02.00 de fecha 16 de noviembre del 2011; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO y los literales c), y j) del artículo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremos N° 032-2001-MTC, y modifi cado por el Decreto Supremo N° 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe del Departamento de Recursos Humanos (e), del Jefe de la Ofi cina de Secretaria General (e), de la Gerente de Planifi cación y Presupuesto, de la Asesora Legal, y del Gerente General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el encargo de la C.P.C. Jesica Rafaela López Collantes, en el cargo de confi anza de Gerente de Administración y Finanzas, efectuada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 134-2011-02.00 del 16 de noviembre del 2011, a partir del 01 de octubre de 2012, dándosele las gracias por los servicios prestados, debiendo regresar a su cargo de origen. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia, en lo que le compete, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 851403-1