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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (12/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de octubre de 2012 476091 ENERGIA Y MINAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 034-2012-EM Mediante Ofi cio Nº 866-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 034-2012-EM, publicado en la edición del 29 de setiembre de 2012. En el Quinto considerando: DICE: “Que, (...) la sustitución del garante corporativo Consultora Roxi S.A. por Obras y Servicios Petroleros S.A.C. (OSPET S.A.C.);” DEBE DECIR: “Que, (...) la sustitución del garante corporativo Constructora Roxi S.A. por Obras y Servicios Petroleros S.A.C. (OSPET S.A.C.);” En el Sexto considerando: DICE: “Que, (...) la sustitución del garante corporativo Consultora Roxi S.A. por Obras y Servicios Petroleros S.A.C. (OSPET S.A.C.), (...);” DEBE DECIR: “Que, (...) la sustitución del garante corporativo Constructora Roxi S.A. por Obras y Servicios Petroleros S.A.C. (OSPET S.A.C.), (...);” 852539-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Procurador Público Especializado Supranacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2012-JUS Lima, 11 de octubre de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 2501-2012-JUS/CDJE-ST, de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 1068 antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por renuncia o por término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 088-2012-JUS, de fecha 25 de mayo del año 2012 se designó al señor abogado Oscar José Cubas Barrueto, como Procurador Público Especializado Supranacional; Que, conforme al Ofi cio de visto, la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia del señor abogado Oscar José Cubas Barrueto, como Procurador Público Especializado Supranacional y que se designe en su reemplazo al señor abogado Luis Alberto Huerta Guerrero, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del señor abogado Oscar José Cubas Barrueto, al cargo de Procurador Público Especializado Supranacional, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Luis Alberto Huerta Guerrero, como Procurador Público Especializado Supranacional. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 852540-2 Aceptan renuncia de Procurador Público Especializado en materia Constitucional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2012-JUS Lima, 11 de octubre de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 2502-2012-JUS/CDJE-ST, de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 citado, establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 1068 antes acotado, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por renuncia o por término de la designación; Que, mediante Resolución Suprema Nº 183-2011- JUS, de fecha 3 de octubre de 2011, se designó al señor abogado Luis Alberto Huerta Guerrero, como Procurador Público Especializado en materia Constitucional; Que, conforme al Ofi cio de visto, la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia del señor abogado Luis Alberto Huerta Guerrero, como Procurador Público Especializado en materia Constitucional, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado;