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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (12/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de octubre de 2012 476087 29.- BALAREZO Puch Paulo César 30.- ROSALES Zamudio Wilder Javier b) Servicios: 1) Administración Promoción 1992 (Proc. ESNA): 1.- VILLALÓN Quiroz Pablo Martín Efraín Promoción 2000 (Proc. ESNA): 1.- HERRERA Campos José Randolph 2.- ORTIZ Ríos Jonny 3.- BOGDANOVICH Piedra Nikolay 4.- BÄR Shialer Richer Jhon Promoción 2001 (Proc. ESNA): 1.- HORNA Vidal Miguel Ángel 2.- ARCE Monge Erick 3.- HORNA Urday Carlos Miguel 4.- IRIARTE Tejada Héctor Renato 2) Sanidad Naval (Médico Cirujano) Promoción 2007: 1.- MACHADO Guzmán Donna Katherine 2.- GRAJEDA Carpio Henry 3.- ÁLVAREZ Franco Óscar Luis 4.- PAUCA Mendieta Manuel Jesús 5.- VALENCIA Mendiola Dante Bratzo 6.- BASURTO Cuzcano José Carlos 3) Sanidad Naval (Odontólogo) Promoción 1992: 1.- ALFARO Páucar Jjymy Alberto Promoción 1995: 1.- ROMÁN Gonzales César Moisés 4) Cuerpo Jurídico Promoción 2004: 1.- ARIAS Moreno Edith Promoción 2007: 1.- CASTILLO Sotelo Beatriz 2.- BAZÁN Infante Pedro Augusto 3.- VALDIVIA Segura Karina Sophia 4.- HUAPAYA Rueda Angelita Del Rosario 5.- CASTILLO Pulache Rubén Edmundo 6.- ABAD Hartog César Alfredo Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO ÁLVARO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 852542-6 Ascienden a Oficiales de Armas Comando y Combate, Armas Especialistas y Servicios de la Fuerza Aérea a los grados de Coronel, Comandante y Mayor FAP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1161-2012-DE/FAP- Lima, 11 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29108 “Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 08 de julio de 2008, mediante la cual se aprueba el “Reglamento de Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, su modifi catoria aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2011-DE/SG del 29 de diciembre del 2011 y su Anexo 5, donde se establece los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el Reglamento de Ley de Ascensos de Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, establece en su artículo 37° inciso b), que los ascensos son otorgados por el Ministro de Defensa, mediante Resolución Ministerial, para Ofi ciales Superiores, en armonía a lo establecido en los artículos 35° y 36° inciso b) del citado Reglamento en concordancia con la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley N° 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, que establece que para la aplicación progresiva del artículo 7° será de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales de Personal, aplicando cada Institución Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del indicado Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007- 2005-DE/SG del 14 de febrero de 2005 y modifi cado según el artículo 2° del Decreto Supremo N° 020-2008-DE/SG del 10 de setiembre de 2008, correspondiendo a la Fuerza Aérea el Anexo N° 3; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2012-DE/ SG del 07 de agosto de 2012, se aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2013 y a través de la Resolución Ministerial N° 671-2011 DE/SG del 06 de julio de 2011, se aprueban los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal del Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú, para ser aplicados hasta el año 2016; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas, en la cual establece que los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades, y ética, señalados en el artículo 3° de la Ley N° 29108, los mismos que tienen carácter vinculante, y en armonía a lo establecido en los artículos 50° inciso a) y 51° incisos a) y b) del citado Reglamento, que indica que la función de evaluación y califi cación del Ofi cial declarado apto, se sustenta en los siguientes criterios, proyección de línea de carrera del Ofi cial en su Institución Armada y a su ubicación en el Cuadro de Aptitud y Notas; Que, la Junta de Selección para ascenso a los grados de CORONEL FAP, COMANDANTE FAP y MAYOR FAP, ha establecido los “Cuadros de Méritos” y elaborado las Actas JUSEL N° 001 hasta la 048 de fecha 10 de octubre de 2012, en armonía a lo establecido en los artículos 34°, 36° inciso b), 50° incisos b) y c) y 51° del Reglamento de la Ley N° 29108, que constituyen la propuesta institucional de ascensos, y en concordancia con la Resolución Ministerial N° 1130-2012-DE/FAP del 03 de octubre de 2012, mediante la cual se declaran las vacantes para el Personal de Ofi ciales de la Fuerza Aérea del Perú; y Estando a lo informado por el Comandante de Personal, a lo opinado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la FAP; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ascender a los grados que se indican, con fecha 01 de enero de 2013, al Personal de Ofi ciales de Armas Comando y Combate, Armas Especialistas y Servicios de la Fuerza Aérea, que a continuación se detalla: AL GRADO DE CORONEL FAP ARMAS COMANDO Y COMBATE PLASENCIA MIRANDA, MANUEL ANTONIO ASENJO GALLO, MARTIN RAMON RODRIGUEZ LLERENA, MARIANO NIEVES