Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2012 (17/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476471

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 128-2012/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 Visto el expediente Nº 106-2009/SBN-JAR, sustentatorio de la Resolucion Nº 011-2012/SBN-DGPESDAPE de fecha 23 de febrero del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 161 888, 44 m², ubicado en el Sector denominado Quebrada Minas de Agua, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informes Tecnicos Nº 02724-2009SUNARP-Z.R.IX/OC y 1505-2010-ZR-XI/OC, de fechas 06 de MORDAZA de 2009 y 12 de febrero de 2010, respectivamente, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA senala que el terreno en consulta se encuentra en MORDAZA donde no se aprecian predios con antecedentes graficos registrales; Que, en razon a lo MORDAZA expuesto, se procedio a expedir la Resolucion Nº 011-2012/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de febrero del 2012, que dispuso la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 161 888, 44 m², ubicado en el Sector denominado Quebrada Minas de Agua, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima; Que, con Titulo Nº 2012-000516271 de fecha 07 de junio de 2012 se solicito la inmatriculacion del terreno de 161 888, 44 m² descrito en el parrafo precedente, el cual fue observado por el Registrador Publico en el sentido que el predio se visualiza parcialmente en ambito inscrito en la Partida Nº 12831786 del Registro de Predios de Lima; Que, de acuerdo a la documentacion tecnica revisada se procedio a excluir el area superpuesta, quedando una extension de 135 508,27 m², sin inscripcion registral; por lo que, resulta oportuno rectificar de oficio la Resolucion Nº 011-2012/SBN-DGPE-SDAPE, en el sentido que el area sobre la cual se dispondra la primera inscripcion de dominio es de 135 508,27 m², ubicada en el Sector denominado Quebrada Minas de Agua, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima; situacion que no altera el sentido de la misma; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias y la Ley Nº 27444; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 126-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 23 de agosto de 2012; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Nº 011-2012/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 23 de febrero del 2012, el cual quedara redactado en los siguientes terminos: "Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza 135 508,27 m², ubicada en el Sector denominado Quebrada Minas de Agua, distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion de Patrimonio Estatal

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Ica y MORDAZA
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 127-2012/SBN-DGPE-SDAPE
San MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 Visto, el Expediente Nº 121-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 148 727,88 m², ubicado en la denominada Chauchilla Baja, en el centro poblado Chauchilla, sobre la margen derecha del rio Las Trancas, en el distrito de Vista MORDAZA, provincia de Nazca, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 148 727,88 m², ubicado en la denominada Chauchilla Baja, en el centro poblado Chauchilla, sobre la margen derecha del rio Las Trancas, en el distrito de Vista MORDAZA, provincia de Nazca, departamento de Ica, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 29 de MORDAZA de 2012, emitido en base al Informe Tecnico Nº 05402012-ZR-XI/OC-NASCA de fecha 24 de MORDAZA de 2012, de la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Nazca senala que el terreno en consulta no se encuentra superpuesto con predio inscrito digitalizado en las bases cartograficas catastrales de las propiedades inscritas, con las que cuenta la Oficina de Catastro; asimismo, senala que no es posible determinar con exactitud superposiciones graficas con predios inscritos que aun no se encuentran digitalizados; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica el 17 de MORDAZA de 2012, se verifico que el terreno presenta un suelo de textura arenosa y topografia variada con desniveles, se dispone en MORDAZA MORDAZA proxima al lecho del rio Las Trancas, sobre este se han levantado edificaciones con material no permanente que son utilizadas como viviendas, las cuales conforman el centro poblado Chauchilla; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 148 727,88 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a sustentar y

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