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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de octubre de 2012 476472 aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0105-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de julio de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 148 727,88 m², ubicado en la denominada Chauchilla Baja, en el centro poblado Chauchilla, sobre la margen derecha del río Las Trancas, en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nazca, departamento de Ica; de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Nazca. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración de Patrimonio Estatal 853671-3 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 134-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de setiembre de 2012 Visto, el Expediente Nº 107-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 10 837,30 m², ubicado en ubicado frente a las calles Pedro Arzola, Prolongación Flor de Amancaes, G. Suárez y B, en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 10 837,30 m², ubicado en ubicado frente a las calles Pedro Arzola, Prolongación Flor de Amancaes, G. Suárez y B, en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, efectuada la consulta catastral correspondiente, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, mediante Ofi cio Nº 929-2012-SUNARP-Z.R.NºIX/GPI, de fecha 03 de mayo de 2012, informó que su Ofi cina de Catastro emitió el Informe Técnico Nº 04712-2012-SUNARP-Z.R.IX/OC de fecha 23 de abril de 2012, en el cual se indica que el predio en consulta se encuentra ubicado en ámbito del cual en la base gráfi ca parcial del Mosaico de Predios, no se ha identifi cado a la fecha información gráfi ca de planos con antecedentes regístrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 19 de julio de 2012, por profesionales de esta Subdirección, se verifi có que el terreno es de naturaleza urbana y que se encuentra parcialmente ocupado por terceros, utilizado como paradero inicial y área de estacionamiento de diferentes líneas de transporte público; así como parte del taller de maestranza de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; por lo que, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 10 837,30 m², materia de la presente Resolución, de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la SBN, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 103 -2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de julio de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza urbana de 10 837,30 m², ubicado en ubicado frente a las calles Pedro Arzola, Prolongación Flor de Amancaes, G. Suárez y B, en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a los documentos técnicos que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo anterior, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 853671-5 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 135-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de setiembre de 2012 Visto el Expediente Nº 048-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado, respecto del terreno de 19 507,80 m², ubicado al norte del Centro Poblado Sisicaya, en la margen derecha del río Lurín, distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes