Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (31/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477737 política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972– establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante la dación de Decretos de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 282-MDS, de fecha 21 de septiembre de 2012, se aprobó la Ordenanza que crea el programa de inducción a la presentación de la declaración jurada “SURQUILLO REGULARÍZATE”, cuya vigencia es hasta el 31 de octubre de 2012; Que, la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 282-MDS, de fecha 21 de septiembre de 2012, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones que se puedan requerir para la adecuada aplicación de dicho cuerpo legal; Que, con el objeto de brindar mayores facilidades a la gran mayoría de los contribuyentes del distrito, para que puedan regularizar sus propiedades acogiéndose a los benefi cios del mencionado programa “SURQUILLO REGULARÍZATE”, mediante el presente Decreto de Alcaldía la corporación municipal considera pertinente prorrogar la fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 282 hasta el día 30 de noviembre de 2012; Que, estando a los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º numeral 6) y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 30 de noviembre de 2012, la vigencia de la Ordenanza N° 282- MDS de fecha 21 de septiembre del 2012 que crea el programa de inducción a la presentación de la declaración jurada “SURQUILLO REGULARÍZATE”. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Administración Tributaria, así como a la Gerencia de Estadística e Informática y demás areas competentes para su cumplimiento. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 860805-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUEROCOTILLO Declaran en estado de emergencia administrativa, económica y laboral a la Municipalidad Distrital de Querocotillo ACUERDO MUNICIPAL Nº 022-2012-MDQ Querocotillo, 20 de septiembre del 2012 VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y leídos que fueron los informes de Asesoría Jurídica; Planifi cación y Presupuesto, Recursos Humanos y de Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Querocotillo, provincia de Cutervo y departamento de Cajamarca. CONSIDERANDO: Que, el Art. 194 de la Constitución Política del estado de 1993, conforme lo señale la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Título IV de nuestra Carta Magna, establece que las Municipalidades provinciales, Distritales y Delegadas son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que el Alcalde y la Gerencia Municipal del Gobierno Distrital de Querocotillo para perfeccionar la modernización del aparato administrativo y recuperación económica del mismo entre otros aspectos, recomienda al Concejo Municipal declarar en estado de emergencia administrativa, económica y laboral a la Municipalidad Distrital de Querocotillo. Que el Concejo Municipal consciente de la grave situación por la cual atraviesa el Municipio y haciendo suya la recomendación de los informes de la Gerencia Municipal, Asesoría Jurídica, Recursos Humanos, Planifi cación y Presupuesto; considera necesario adoptar el Acuerdo solicitado. Que, estando a lo expuesto y al amparo de lo dispuesto en la Vigésima Disposicion Complementaria de la Ley Orgánica; y de conformidad a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por Mayoría califi cada. SE ACUERDA: Artículo 1º.- DECLARAR; por el término de noventa (90) días en estado de emergencia administrativa, económica y laboral a la Municipalidad Distrital de Querocotillo, al amparo de lo dispuesto en la Vigésima Disposición Complementaria y por los motivos expuestos, contados a partir de la publicación de la presente, para lograr su reestructuración y reorganización. Artículo 2º.- FACULTAR; al señor Alcalde para que disponga la elaboración de los instrumentos técnicos de gestión como son el ROF (Reglamento de Organización y Funciones), MOF (Manual de Organización y Funciones), PAP (Presupuesto Analítico de Personal) y CAP (Cuadro de Asignación de Personal). Artículo 3º.- DISPONER; la suspensión de todo ingreso de trabajadores (EMPLEADOS U OBREROS) a la comuna sea cual fuere la modalidad por la situación misma de EMERGENCIA, REESTRUCTURACIÓN Y REORGANIZACIÓN. Artículo 4º.- CONFORMAR; la Comisión de Reestructuración de la Municipalidad Distrital de Querocotillo de la manera siguiente: Presidente: Regidor. Jorge Luis Cubas Díaz. Miembros: Gerente Municipal. Rolando Durand De La Cruz. Asesora Legal: Yhusley Keriban Angulo Angulo. Gerente de Recursos Humanos: Clever Bernal Delgado. Gerente de Planifi cación y Presupuesto: Rodolfo Nicolas De la Cruz Bayona. Artículo 5º.- DESIGNAR; como Veedor (Ad Honorem) del Proceso de Reestructuración al Juez de Primera Nominación Luis Hurtado Tarrillo. Artículo 6º.- DISPONER; la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial. POR TANTO: Mando, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MOISES GONZÁLEZ CRUZ Alcalde 859762-1